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Tribunal · solo Pro
VILLANUEVA ALBARRACIN con SII-DIRECCCIÓN REGIONAL ARICA Y PARINACOTA
Fecha: 08-10-2019 · Materia: Resolución · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE Revocatorio
Tribunal acoge reclamo de contribuyente y anula cambio de serie de propiedad agrícola a no agrícola realizado por SII sin justificación legal.
Aurora Bernarda Villanueva Albarracín es propietaria desde 1985 de un predio en Arica clasificado como agrícola. En 2017, el SII cambió su serie a no agrícola (oficina) sin solicitud de la contribuyente. El Servicio fundamentó el cambio en fiscalización de agosto 2016 donde concluyó ausencia de actividad agrícola y existencia de oficina de constructora. La contribuyente solicitó administrativamente el cambio de serie y la eliminación de línea de construcción duplicada. El SII rechazó mediante Ord. N°26 del 29 enero 2019.
El tribunal establece que conforme a la Ley N°17.235 sobre impuesto territorial, un predio debe clasificarse en primera serie agrícola cuando esté destinado preferentemente a producción agropecuaria o forestal y sea susceptible de estas producciones en forma predominante, sin haber experimentado cambio de destino. La Circular N°38 de 1997 exige para cambio de serie una fiscalización en terreno que verifique dos requisitos copulativos. El tribunal realizó inspección personal constatando plantaciones de mangos adultos, canales de riego, tranque de acopio y bombas, ocupando el 80% del inmueble. D
Acoge el reclamo, deja sin efecto el Ordinario N°26 de 29 enero 2019, anula la clasificación de serie no agrícola y catastro de la propiedad Rol de Avalúo N°3401-61 realizada por el SII. No se condena en costas al Servicio por tener motivo plausible para litigar.
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
VILLANUEVA con SII.
En Arica, a ocho de octubre de dos mil diecinueve.
VISTO:
De fs. 1 a 1 6, escrito, de 22 de marzo de 2019, mediante el cual don
Ignacio Micael Sandor Vallespir , abogado, RUT N° 16.128.657-5, en representación de AURORA BERNARDA VILLANUEVA ALBARRACÍN RUT N°4.768.245-2, ambos domiciliados para efectos del proceso en calle 7 de Junio N° 268, Oficina N°610, ciudad y comuna de Arica, interponer reclamo tributario en contra de l Ord. N° 26, de fecha 29 de enero de 2019, que deniega petición administrativa, sólo respecto de la parte que rechaza la solicitud de cambio de serie de la propiedad
Funda su reclamo explicando que, con fecha 23 de noviembre de 2018 esa parte presentó la "Solicitud Administrativa N° 2565584", mediante la cual se requirió, conforme al Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 1998, que fija el texto refundido, sistematizado y actualizado de la Ley N°17.235, sobre Impuesto Territorial, la Circular N°72 de 12 de diciembre del año 2000 y la Circular N°38 del 1 de julio del año 1997, la modificación de la Serie y el catastro del bien raíz Rol de Avalúo N°3401-61, de la comuna de Arica , de propiedad de su representada.
Dicha presentación, señalaba los siguientes fundamentos en relación al cambio de serie de avalúo:
"La propiedad Rol de Avalúo N°3401 -61, Campo Verde Parcela 4, Lote
D, de la comuna de Arica, es de propiedad de doña Aurora Bernarda Villanueva
Albarracín, quién la adquirió el año 1985, y fue inscrita a fojas 324, N°332 del mismo año en el Conservador de Bienes Raíces de Arica.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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