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Tribunal · solo Pro
COMERCIALIZADORA INNOVACION GLOBAL LTDA. con SII
Fecha: 22-10-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte Modificatorio
Reclamación contra liquidaciones de IVA por rechazo de crédito fiscal en doce facturas tachadas de no fidedignas por falta de cumplimiento formal y acreditación de operaciones comerciales efectivas.
Comercializadora Innovación Global Ltda. reclama liquidaciones números 60 a 70 de enero de 2018 emitidas por SII Araucanía, que determinan diferencias de IVA en períodos de 2015 y 2016. El servicio objetó doce facturas de distintos proveedores por falta de cumplimiento del artículo 69 DS 55, ausencia de declaraciones juradas 1887 del proveedor y no acreditación material de operaciones. Las facturas cuestionadas corresponden a servicios y bienes vinculados a contratos con Municipalidad de Temuco (paraderos urbanos, pintura, reparaciones), obras educacionales, arriendo de equipos y compra de mat
La contribuyente argumenta que la objeción del SII no acredita falsedad material o ideológica de las facturas, ni demuestra concierto de voluntades para simular operaciones. Sostiene que las facturas cumplen su función al documentar transacciones reales efectuadas y recepcionadas conforme a contratos con municipalidades. Respecto del requisito de declaración jurada 1887 del proveedor, indica no ser obligación del contribuyente fiscalizado verificarla. Aduce que la obligación de prueba del artículo 21 CT debe tener límites racionales. Presenta certificaciones notariales de existencia física de
Se solicita declarar que las doce facturas no tienen carácter de documentos no fidedignos y dejar sin efecto las liquidaciones 60 a 70 de 26 de enero de 2018, así como la determinación de Impuesto Único a recargar a los socios.
Temuco, veintidós de octubre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Alejandro Herrera Canales, abogado, cédula de identidad N° 9.652.918-K, domiciliado en calle Antonio Varas N° 854, oficina 401, Temuco, en representación de la contribuyente Comercializadora y Distribuidora Innovación Global Limitada, RUT N° 76.093.730-4, del giro de su denominación, representada por don Gerardo Rueda Leighton, ambos con domicilio en calle Diego N° 02064 de la misma ciudad , quién viene en deducir reclamo en contra de las Liquidaciones números 60 a 70, de fecha 26 de enero de 2018, emitidas por la Dirección Regional Araucanía del Servicio de Impuestos Internos, en las cuales se determinan diferencias de Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los períodos tributarios febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, noviembre de 2015, febrero, marzo y junio de 2016, c on ocasión de la deducción del crédito fiscal declarado por la contribuyente en los períodos fiscalizados, conforme a los fundamentos y argumentos que seguidamente se pasan a resumir: I.- Señala la reclamante que las Liquidaciones reclamadas son producto de una auditoría de los períodos de IVA de mayo de 2014 a abril de 2017 e Impuesto a la Renta de los años tributarios 2015, 2016 y 2017, en atención a que se han objetado doce facturas a las que se les ha dado el carácter de no fidedignas, por no dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 69 del Decreto Supremo N° 55, sobre Reglamento de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios por no señalar las condiciones de venta; porque el emisor de las facturas no ha informado las declaraciones juradas anuales N° 1887 sobre rentas del artículo 42 N°1 de la L ey de la Renta; el emisor no ha concurrido a las citaciones del Servicio y no aporta antecedentes de cómo se realizaron las operaciones, quien proveía los materiales o el personal.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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