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Tribunal · solo Pro
PARC BERDRAND SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 24-10-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de PARC BERDRAND S.A. contra liquidación por impuesto adicional, desvirtuando parcialmente el agregado por retiros no declarados hasta $76.996.126.
PARC BERDRAND S.A., sociedad extranjera domiciliada en Islas Vírgenes Británicas con RUT 59.052.190-6, constituye agencia en Chile (RUT 59.059.410-5) el 28 de octubre de 1999. Con fecha 11 de agosto de 2008, asigna derechos sociales en Comercial y Servicios Automotrices Cosersa Limitada a su agencia. Inmobiliaria Cosersa Limitada informa mediante DJ 1886 retiros por $120.704.722 al RUT de la matriz, cuando según reclamante fueron cobrados por la agencia. SII practica Liquidación N°278 el 11 de agosto de 2014, determinando diferencias por Impuesto Adicional por $43.547.906, reajustes por $4.964
El tribunal analiza que la solicitud de inadmisibilidad probatoria debe desestimarse por cuanto la Citación N°47/2 no cumpla con el estándar de determinación y especificidad exigido por el artículo 132 inciso 11° del Código Tributario. Respecto del fondo, el tribunal acredita mediante documentación que Parc Berdrand S.A. Agencia en Chile efectuó retiros desde Inmobiliaria Cosersa Limitada por $76.996.126 en el año comercial 2010, con base en escrituras de modificación, análisis de retiros, certificados bancarios y libro mayor. La agencia es contribuyente chileno afecto a Impuesto de Primera Ca
Se rechaza solicitud de inadmisibilidad probatoria. Se acoge parcialmente reclamo desvirtuando liquidación hasta $76.996.126. Se ordena reliquidación de impuestos. Cada parte paga sus propias costas.
“PARC BERDRAND S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N°Rol · solo Pro
RIT N°Rol · solo Pro
Santiago, veinticuatro de octubre dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Diana Olombi Cecilia Yarur Sabal, factor de comercio, RUT N°5.865.745-K, domiciliada calle Agustín Denegri N°5251, comuna de Vitacura, Santiago, en representación de PARC BERDRAND S.A., sociedad anónima constituida y organizada conforme a las leyes de las Islas Vírgenes Británicas, RUT N°59.052.190-6, domiciliada en E.A. Creque Building, Main Street, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas y, para estos efectos, en su mismo domicilio, quien deduce reclamo tributario conforme a lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Liquidación N° 278, practicada y notificada por cédula con fecha 11 de agosto de 2014, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos , solicitando dejarla sin efecto, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explica que los retiros informados a través de la DJ 1886, por un monto de $120.704.722, provenientes de Inmobiliaria Cosersa Ltda. , RUT N°96.710.730-1, no fueron percibidos por la reclamante, sino que por Parc Berdrand S.A. Agencia en Chile, RUT N° 59.059.410-5. Agrega que, por un error de Inmobiliaria Cosersa Ltda., esto es , del declarante-informante de la DJ 1886, se indica como receptor de la distribución al RUT N°59.052.190-6, correspondiente a Parc Berdrand S.A., debiendo haber sido el RUT N°59.059.410-5, correspondiente a Parc Berdrand S.A. Agencia en Chile . Añade que, conforme a lo anterior, Parc Berdrand S.A. no ha recibido ingresos por concepto de retiro desde Inmobiliaria Cosersa Limitada . Afirma que acreditará debidamente que las sumas que detalla a fojas 2, corresponden a cheques girados por Inmobiliaria Cosersa Ltda.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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