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Tribunal · solo Pro
VILLALON CHACON con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 14-11-2019 · Materia: Giro · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giro por diferencia de impuesto sobre mayor valor en enajenación de bien raíz, anulándolo por vicio en la fundamentación del acto administrativo.
Contribuyente aportó un inmueble (rol de avalúo 1382-19, La Serena) a una sociedad de responsabilidad limitada constituida en enero 2017, avaluado en $40.000.000. El SII practicó tasación del inmueble en $166.980.594 (13,16 UF/M²) mediante Informe Técnico N°49 de abril 2019, basándose en observación F98 del formulario F22 del año tributario 2018. Se giró impuesto por $47.970.504, modificado posteriormente a $16.839.194 mediante Resolución DFI04.01 N°279 del 30 de mayo 2019.
El Tribunal estima que el giro adolece de vicios en la fundamentación: (1) no se especifica cuál impuesto se está cobrando ni cómo se calculó la base imponible; (2) existe incertidumbre respecto de si corresponde aplicar impuesto de primera categoría a bienes raíces o el impuesto único del artículo 21 según el artículo 17 N°8 letra b inciso 4° de la LIR; (3) no se indica la tasa aplicada (25% o 27%); (4) no existe procedimiento transparente documentado para arribar al monto girado; (5) el acto administrativo debe bastarse a sí mismo, conteniendo consideración de hechos que le den sustento fáct
Se acoge el reclamo y se anula el Giro Folio [007] N°3152769 de 17 de julio 2018, sin perjuicio de que la autoridad tributaria pueda practicar nueva determinación si procediere. Se rechaza condenación en costas al estimar motivo plausible para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: ARTURO ANTONIO VILLALON CHACON CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reclamo de Giros
PROCEDIMIENTO: General de Reclamación
CUANTIA: 1200,67 UTM
La Serena, catorce de noviembre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
Que, a fojas 13 y siguientes, con fecha 13 de julio del año 2019 , comparece don MILENKO ZURITA ROJAS, a bogado, cédula nacional de identidad N° 12.282.538-8, en representación de ARTURO ANTONIO VILLALÓN CHACÓN , ce dula de identidad N° 9.681.560-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Carrera N° 657, oficina 102 , La Serena, expresando que, de conformidad con el artículo 64 inciso final, que permite reclamar del giro y tasación de un inmueble; del art. 123 y siguientes; y demás normas pertinentes, todas del Código Tributario D.L. 830 de 1974, v iene en interponer reclamo tributario en contra de la IV Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, La Serena, en adelante “SII”, por los siguientes actos administrativos emitidos por ella: 1.- Giro Folio [007] Nº 3152769, notificado con fecha 17 de mayo de 2019 por la suma de $47.970.504, modificado con fecha 30 de mayo de 2019 mediante Resolución DFI04.01 Nº 279 de igual fecha y emitida por la misma Dirección Regional. 2.- Tasación del inmueble Rol de avalúo 1382 -19 de la comuna de La Serena, sustentado en el Informe Técnico N° 49 del Departamento de Avaluaciones del SII , La Serena.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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