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Tribunal · solo Pro
HUNTER GORDON con SII
Fecha: 25-10-2012 · Materia: Giro · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente el reclamo y modifica el giro de impuesto a herencia al excluir créditos inciertos por usufructo oneroso pendiente, por tratarse de ingresos eventuales e indeterminados sin base imponible cierta.
John Allan Hunter Gordon, cónyuge de Atilia González Rioseco fallecida, reclama contra giro de impuesto a herencia. La causante poseía predio de 183,4 hectáreas tasado en $80.794.426, que en 2009 entregó en usufructo oneroso a Bosques Indef Ltda. por 28 años, con pago de rentas anuales cuyo monto depende de hectáreas efectivamente plantadas. El SII incluyó en la base imponible un crédito de $218.767.383 por 25 años de cuotas insolutas del usufructo.
El Tribunal constata que el usufructo oneroso constituye una venta del derecho real, no un arrendamiento de tracto sucesivo, y que la deducción del artículo 6 de la Ley 16.271 fue correctamente aplicada (50% del avalúo). Sin embargo, determina que las cuotas insolutas por los 25 años restantes son créditos de naturaleza cierta pero de monto indeterminado, pues dependen de hectáreas que el usufructuario plantará discrecionalmente y no están garantizadas. Concluye que la base imponible del impuesto a herencias requiere patrimonio efectivo y determinado, no ingresos eventuales; al no poder fijars
Acoge parcialmente el reclamo. Modifica el giro excluyendo el crédito de $218.767.383 por cuotas insolutas del usufructo al ser incierto e indeterminado. Confirma el giro en lo demás. Sin condena en costas.
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
RECLAMANTE: John Allan Hunter Gordon.
RECLAMADO: Servicio de Impuestos Internos VIII Dirección Regional Concepción.
Concepción, a veinticinco de octubre de dos mil doce.
VISTOS:
Que, a fojas 16 y siguientes, con fecha veinticuatro de mayo de dos mil doce, comparece don Javier René Rioseco Fernandez, abogado, domiciliado en Barros Arana número 871 segundo piso, oficina 21, Concepción, como mandatario de don John Allan Hunter Gordon, RUT 1.971.599-K, pensionado, domiciliado en Los Ángeles, Avenida Gabriela Mistral número 1021, quien interpone reclamo en contra del G iro del Impuesto a la herencia, que afectó a la herencia quedada al fallecimiento de la cónyuge del reclamante, doña Atilia Julia Inés González Rioseco, RUT 3.778.133-9; Giro efectuado por formulario 21, Folio 07 n°102726925 -3 de fecha 25 de Abril de 201 0, notificado a su parte con fecha 25 de Abril de 2012.
Funda su reclamo en los siguientes antecedentes:
1. Manifiesta que, según consta de la copia autorizada del certificado de posesión efectiva que acompaña, por Resolución Exenta N°11339, de fecha 24 de octubre de 2011, fue concedida la posesión efectiva de los bienes de la herencia de doña Atilia Inés Julia Teresa González Rioseco, a sus herederos intestados, su cónyuge don John Allan Hunter Gordon, y sus hijas Teresa Eliana Hunter González, y Nuria Ruth Hunter González.
2. Agrega que, el único inmueble que pertenecía a la causante al momento de su fallecimiento, era el predio denominado parcela San Miguel número 70, ubicado en la comuna de Quilaco, de 183,4 hectáreas , con un avalúo a la fecha del deceso de la causante de $80.794.426.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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