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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-12-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por uso fraudulento de facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA y condena a multa de $5.467.158 (150% de lo defraudado).
Francisco Gonzalo Olea Urrejola, contribuyente afecto a IVA, registró en sus Formularios 29 de agosto, septiembre y diciembre de 2017, y enero de 2018, cinco facturas falsas emitidas por Héctor Rodrigo Arias Navarro SpA y Comercializadora Díaz SpA. El denunciado adquirió estas facturas pagando solo el 50% del IVA declarado, aumentando indebidamente su crédito fiscal IVA respecto al débito fiscal que debía enterar. Los hechos fueron reconocidos por el propio denunciado mediante declaración jurada ante el SII de 24 de mayo de 2018.
El Tribunal aplicó el principio de presunción de inocencia en sede tributaria, requiriendo que el SII probara sus alegaciones. No obstante, el denunciado aceptó los hechos sin controversia. El tribunal verificó que se cumplieron los requisitos del artículo 97 N°4 inciso 2°: (a) el sujeto era contribuyente afecto a IVA; (b) actuó maliciosamente, conforme se acredita con el pago deliberado del 50% del IVA y la reiteración en 2017-2018; (c) sus maniobras tendían a aumentar indebidamente créditos fiscales. El perjuicio fiscal histórico fue $3.491.161 (actualizado a $3.644.772 en diciembre 2019). P
Se confirma Acta de Denuncia N°03 de 5 de junio de 2019. Se aplica multa de $5.467.158 al denunciado (150% del monto defraudado). Se ordena al Director Regional emitir giro de la multa una vez ejecutoriada la sentencia.
Tr pS
SEGUNDO TRIBUNAL
Región Metropolitana de Santiago
FRANCISCO GONZALO OLEA URREJOLA
RUT N*i0.910.071-4
CUANTÍA 214,88 UTM
EN SANTIAGO, TREINTA DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
VISTOS:
Que a fojas 1 rola el Acta de Denuncia N*03 de fecha 5 de junio de 2019 emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), remitida por don JAVIER ARENAS FERRADA, Jefe del Departamento de Defensa Judicial Penal (S) del SII, en contra de don FRANCISCO GONZALO OLEA URREJOLA, RUT
N*10.910.071-4, con domicilio en Pasaje 1, N*1283-A, Simón Bolívar, comuna de Quinta Normal, por haber incurrido en las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N*4 inciso 2? del Código Tributario.
Que en dicha actuación el Servicio de Impuestos Internos indica, en resumen, que con motivo de un Proceso de Recopilación de Antecedentes se logró determinar que durante los periodos comerciales de abril de 2016 a enero de 2018, don Juan Carlos Ortega Alarcón, RUT N*%14,156.671-7, y don Héctor Rodrigo Arias Navarro, RUT N*12.899.649-4, facilitaron y vendieron facturas falsas a los siguientes contribuyentes, incluyendo al denunciado de autos, a saber: Megaservicios SpA, RUT N*76.434.874-5; Seguridad Retail SpA, RUT N*76.517.719-7; Constructora Sánchez Navarro SpA, RUT N*76.529.119-4; Constructora Jiménez Acevedo y Cía. Limitada, RUT N*76.436.122-9 y; Rolando Pereda y Cía. Limitada, RUT N*%76.028.727-K.
Hace presente que respecto a don Francisco Gonzalo Olea Urrejola decidió aplicar sanción pecuniaria por los siguientes hechos:
Que en los periodos tributarios mensuales de agosto, septiembre y diciembre de 2017 y; enero de 2018, el contribuyente aumentó indebidamente acg42cf7-f162-4f19-a04b-6e16a1ctfid7e el crédito fiscal IVA que tenía derecho a hacer valer en relación a las cantidades de débito fiscal IVA que debía enterar en arcas fiscales.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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