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Tribunal · solo Pro
LOS ROBLES INVERSIONES LIMITADA con SII
Fecha: 17-01-2020 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZAAvalúo +1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra avalúo de terreno de 29.728,8 m² en San Pedro de la Paz, confirmando tasación del SII en $1.447.235.166 conforme a clasificación de Área Homogénea VMB 085.
Los Robles Inversiones Limitada reclama contra el avalúo del Lote EQP-13, ubicado en Avenida Los Cisnes N° 1115, San Pedro del Valle, comuna de San Pedro de la Paz (Rol 11.006-2), de 29.728,8 m² tasado en $1.447.235.166. La reclamante sostiene que el predio debería estar en Área Homogénea HMB 058 con valor unitario de $75.998/m², aplicando coeficientes correctores que rebajaban el avalúo a $72.298.539. El SII argumenta que el terreno, ubicado parcialmente en zonas ZE-3 y ZH-6, corresponde al Área Homogénea VMB 085 con valor de $59.359/m², conforme a Resolución Exenta N° 28 de 2018.
El tribunal analiza la clasificación del bien raíz conforme a los planos de precios y áreas homogéneas establecidas por la Resolución Exenta SII N° 28 de 2018. La mayor parte del inmueble se emplaza en zona ZE-3 (equipamiento), catalogada en Área Homogénea VMB 085, y una menor parte en ZH-6. El SII aplicó correctamente los factores de ajuste por superficie, restricciones de edificabilidad y condiciones de riesgo establecidas en la normativa. La reclamante no acreditó errores en la aplicación de las tablas de clasificación ni que el predio corresponda a otra área homogénea. Las alegaciones no e
Se rechaza el reclamo interpuesto por Los Robles Inversiones Limitada contra el avalúo del Lote EQP-13 Rol 11.006-2, confirmando la tasación del SII en $1.447.235.166 conforme a Resolución Exenta N° 28 de 2018. Se condena al reclamante al pago de costas del juicio.
Concepción, diecisiete de enero de dos mil veinte.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 13 y siguientes, comparece el abogado don Patricio Esteban Lagos Narváez, Rut n° 7.717.630 -6 en representación de LOS ROBLES INVERSIONES LIMITADA, RUT N° 99.515.250-9, sociedad del giro inmobiliario, quien viene en interponer reclamo en conformidad a lo dispuesto en los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, en contra de la tasación general de avalúo practicada por el Servicio de Impuestos Internos respecto del Lote EQP -13, ubicado en Avenida Los Cisnes n° 1115, sector San Pedro del Valle, comuna de San Pedro de la Paz, enrolado bajo el n° 11.006-2. Señala que funda la presente reclamación en la causal prevista en el n° 2 del artículo 149 del Código Tributario.
A continuación, e structura su reclamación en conformidad a los siguientes acápites:
I. Antecedentes generales.
II. Antecedentes técnicos del avalúo.
III. Lo solicitado en este reclamo.
En primer término, bajo el acápite I romano, señala que la superficie del lote es de 29.728,8 m2, ascendiendo el avalúo a la suma de $1.447.235.166, habiendo previamente interpuesto reposición administrativa, la cual fue denegada.
Bajo el acápite II, se refiere bajo la letra A, al Lote EQP-13, el que se encontraría ubicado en el Área Homogénea HMB 058 de la comuna de San Pedro de la Paz, cuyo valor por metro cuadrado habría sido fijado en $75.998, - para terrenos cuya superficie fluctúa entre 130 m2 y 270 m2. Prosigue- su forma es irregular, y de acuerdo al Plan Regulador Vigente la propiedad se encontraría ubicada parcialmente en las zonas ZE-3 y ZH-6.
En cuanto a las condiciones de edificación para estas zonas, son las siguientes:
ZE-3. Uso de suelo está permitido solo deporte (excepto estadios, centros y clubes deportivos, gimnasios, saunas y baños turcos) y esparcimiento (excepto casinos).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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