Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
MANTENCIONES INDUSTRIALES GABRIEL AHUMADA E.I.R.L. con SII
Fecha: 03-06-2020 · Materia: Liquidación · Juez: lily_paola_feliu_azzar
RECHAZA+100M Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de IVA e IRPC por falta de contabilidad fidedigna y prueba suficiente, confirmando validez de notificación y aplicación del artículo 35 LIR.
El SII emitió liquidaciones N°20 a 38 de fecha 09.04.2019 por diferencias de IVA (períodos 2016-2017) e Impuesto de Primera Categoría (AT 2016 y 2017), tras cumplimiento parcial de un requerimiento y falta de respuesta a la Citación N°3 del 22.01.2019. La contribuyente alegó falta de notificación de la citación, indebida aplicación del artículo 35 LIR y que las facturas cuestionadas corresponderían a operaciones reales.
El tribunal estimó que la Citación N°3 fue válidamente notificada por cédula en el domicilio registrado en el inicio de actividades, sin que la reclamante aportara prueba en contrario ni declaraciones testigos relevantes. Respecto del artículo 35 LIR, concurrían los supuestos de la norma pues el contribuyente no respondió la citación ni aportó contabilidad fidedigna. Sobre el crédito fiscal IVA, la carga probatoria del artículo 21 del Código Tributario recaía en la contribuyente, quien no acompañó contabilidad íntegra ni documentación de respaldo que acreditara la realidad de las operaciones.
Se rechaza el reclamo en todas sus partes, manteniéndose firmes las liquidaciones N°20 a 38, con condena en costas a la reclamante.
1
MANTENCIONES INDUSTRIALES GABRIEL AHUMADA E.I.R.L.
RUT N° 76.378.588-2
CUANTÍA 3403,04 UTM
Valparaíso, tres de junio de dos mil veinte.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Benjamín Zárate Contreras, abogado, RUT Nº 10.767.075-0, en representación de MANTENCIONES INDUSTRIALES
GABRIEL AHUMADA E.I.R.L., RUT Nº 76.378.588-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle Prat N° 814, oficina 411, Valparaíso, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra de las Liquidaciones N°s 20 al 38, todas de fecha 09.04.2019, por medio de las cuales el Servicio de Impuestos Internos ha determinado diferencias de IVA correspondiente a los periodos tributarios de febrero a diciembre del año 2016 y enero, febrero, abril, mayo, junio y julio del año 2017, e Impuesto de Primera Categoría correspondiente a los años tributarios 2016 y 2017.
2. Tras citar las Liquidaciones y sus fundamentos, hace presente que ni la reclamante, ni su representante legal, tuvieron conocimiento de la supuesta notificación de la Citación a que esta hace referencia y menos del contenido de la misma, razón por la cual no pudieron dar respuesta a ella. En efecto, explica que solo con motivo de la visita realizada a la portería del domicilio de la reclamante el día 30.07.2019, fue que el representante legal de la empresa, don Gabriel Herrera Ahumada, tomó conocimiento de las Liquidaciones que en este acto se reclaman.
3. Agrega que si bien las Liquidaciones señalan que la Citación N°03/22.01.2019 habría sido dejada en manos de doña Fany Margarita Navarro Bustos, conserje del condominio, ella nunca fue entregada a la reclamante, lo cual se explica por el hecho de que el condominio está formado por más de 80 parcelas rurales, lo que hace extremamente difícil que la correspondencia llegue a manos de sus destinatarios.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.