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Tribunal · solo Pro
SII con Jser Mantenciones Limitada
Fecha: 27-07-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se sanciona a JSER Mantenciones Limitada por presentar declaraciones de IVA maliciosamente falsas mediante créditos fiscales sin respaldo documentario durante 13 períodos tributarios.
La empresa JSER Mantenciones Limitada, RUT 76.386.122-8, presentó declaraciones mensuales de IVA (Formulario 29) durante los períodos de marzo, abril y diciembre de 2016; marzo y julio de 2017; y enero, marzo, mayo, junio, julio, agosto y noviembre de 2018, declarando créditos fiscales que aumentaban en promedio 4,5 veces más de lo que le correspondía, sin contar con respaldos documentarios. Los representantes legales reconocieron ante el SII en octubre de 2019 que habían sobredeclarado créditos fiscales por sugerencia de su contador, argumentando insuficiencia de flujo de caja para pagar el i
El tribunal constata que la contribuyente actuó maliciosamente aumentando indebidamente sus créditos fiscales IVA sin respaldo documental, rebajando ilícitamente su carga tributaria y causando perjuicio patrimonial al Fisco. Los hechos están acreditados por el acta de denuncia emitida por ministro de fe, el reconocimiento de los representantes legales en declaración jurada ante el SII, y la comparación de Formularios 29 versus Registro de Compras y Ventas. El acta de denuncia tiene carácter de testimonio veraz al ser emitida por autoridad pública en desempeño de función.
Se acredita la infracción tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. El perjuicio fiscal ocasionado asciende a $41.684.819 actualizado a octubre de 2019. Se procede a aplicar la sanción conforme a la normativa vigente.
Concepción, veintisiete de julio de dos mil veinte.
VISTOS:
Que, a fojas 2 y siguientes, rola acta de denuncia n.° 4, de fecha 23 de junio de 2020, por infracción sancionada en el artículo 97 n.° 4 inciso 2° del D.L. n.° 830 de 197 4 sobre Código Tributario, en contra de la contribuyente JSER
MANTENCIONES LIMITADA, RUT N.° 76.386.122-8, representada legalmente por don PATRICIO YAÑEZ SAEZ, RUT N.° 15.207.972 -9 y, doña MARIANA
CONTRERAS CARRIMÁN RUT N.° 17.216.452 -8, todos domiciliados en Avenida
Gabriela Mistral n.° 1255, Bodega 8, comuna de Los Ángeles, con giro en Servicios de Mantención Industrial; por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 97 n.° 4, inciso 2° del Código Tributario, consistente en la presentación de declaraciones de IVA ( F 29) maliciosamente falsas, por cuanto aumentó indebidamente su crédito fiscal IVA mediante la utilización de crédito fiscal IVA sin respaldo documentario.
En el acta de d enuncia, se señala que , durante los periodos tributarios mensuales de marzo, abril y diciembre de 2016; marzo y julio de 2017 y; enero, marzo, mayo, junio, julio, agosto y noviembre de 2018, se determinaron diferencias de Impuesto a las Ventas y Servicios, originadas en el aumento indebido de los créditos fiscales declarados a través de la s declaraciones mensuales y pago simultáneo de impuestos formulario n.° 29, sin contar con los respectivos respaldos documentarios.
Lo anterior, toda vez, que la sociedad aumentó en promedio en el periodo sujeto a revisión, 4,5 veces más los créditos fiscales IVA que le correspondía utilizar, no existiendo registro de facturas por dichos montos, los cuales sólo se aumentaban en las declaraciones de impuestos, es decir, en los formularios n.° 29, conducta que fue reiterada durante 13 periodos comerciales mensuales, logrando así, enterar en arcas fiscales un monto menor a título de impuestos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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