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Tribunal · solo Pro
HUDSON INTERNATIONAL BUSINESS INC AGENCIA EN CHILE con SII
Fecha: 06-08-2020 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de reavalúo de bien raíz no agrícola en Zapallar por falta de fundamentación de las causales invocadas y verifica que el cálculo del avalúo se ajustó a la normativa legal aplicable.
Hudson International Business Inc. Agencia en Chile es propietaria desde 2005 de un sitio eriazo de 8.110 m² en Zapallar (rol 56-1). En 2018, el Servicio de Impuestos Internos aumentó el avalúo fiscal de $497.426.782 a $804.940.208 (aumento de casi 100%), generando incremento en las contribuciones. La reclamante alega que el bien no ha experimentado modificaciones desde su adquisición y que el aumento no guarda relación con incrementos de mercado. Posteriormente, el inmueble fue vendido en 2020 por $1.713.911.760.
El Tribunal rechaza la reclamación por inadmisibilidad, señalando que la reclamante no fundamentó adecuadamente las causales invocadas (aplicación errónea de tablas de clasificación y errores de transcripción, copia o cálculo). Verifica que el avalúo se calculó conforme a Ley N°17.235 y sus instrucciones técnicas, aplicando correctamente la fórmula de avalúo con valor de terreno por m² de $124.066, superficie de 8.110 m² y coeficiente corrector por superficie de 0,8. Desestima alegaciones sobre vulneración de principios constitucionales de legalidad y no confiscación, considerando que el avalú
Se rechaza el reclamo manteniéndose a firme la actuación reclamada del Servicio de Impuestos Internos. Se condena en costas a la reclamante vencida.
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HUDSON INTERNATIONAL BUSINESS INC. AGENCIA EN CHILE
RUT N°59.107.460-1
CUANTÍA 0 UTM (INDETERMINADA)
Valparaíso, seis de agosto de dos mil veinte.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Mauricio Loy Decebal-Cuza, abogado, RUT Nº 13.435.477-1, en representación de HUDSON INTERNATIONAL
BUSINESS INC. AGENCIA EN CHILE, RUT N°59.107.460-1, ambos domiciliados para estos efectos en Parcela N°1, Ruta F30E Norte 4800, de la comuna de Zapallar, V Región, quien interpuso Reclamo de Avalúo, en conformidad a los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, en contra de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que, dirige su acción en contra del nuevo avalúo fijado por el Servicio de Impuestos Internos, al bien raíz rol N°56-1, de la comuna de Zapallar, en el Proceso de Reavalúo General de los Bienes Raíces no Agrícolas del año 2018, fundado en las causales números 2 y 3 del artículo 149 del Código Tributario.
2. Indica que su representada es propietaria del inmueble de autos desde el 08.06.2005, fecha en que lo adquirió.
3. Señala que con fecha 28.06.2018, al momento de pagar la correspondiente cuota de contribuciones por el predio, su representada toma conocimiento de un considerable aumento en el monto de esta, aumento que, según se informaría después, correspondería a una modificación del avalúo de su propiedad efectuada por el Servicio de Impuestos Internos con ocasión del proceso de Reavalúos efectuado el año 2018.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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