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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA CABURGA LIMITADA con SII
Fecha: 25-11-2020 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGEAvalúo +4.000M Ha Lugar
Se acoge reclamo tributario de Inmobiliaria Caburgua para modificar avalúo de bien raíz en Las Condes, aplicando coeficiente corrector excepcional de 0,50 por afectación de 41,77% de superficie a área verde según restricciones urbanísticas.
Inmobiliaria Caburgua Limitada es propietaria del inmueble ubicado en Avenida Francisco Bilbao N°8720, Rol de Avalúo N°1852-3 de Las Condes. En el reavalúo 2018, el SII determinó un avalúo de $8.465.272.530. El contribuyente presentó recurso de reposición el 20 de junio de 2018 argumentando que el terreno presenta restricciones urbanísticas no consideradas en la tasación: una franja de 15 metros de área verde exclusiva (17,77% del terreno) y afectación por coeficiente de área libre que requiere 24% de área verde, sumando 41,77% de superficie no edificable. La reposición fue rechazada el 27 de
El tribunal estimó que las restricciones urbanísticas establecidas en el Plan Regulador de Las Condes constituyen características particulares del inmueble no consideradas específicamente en el proceso general de reavalúo. La franja de uso exclusivo de área verde privada-pública (18%) más el coeficiente de área libre exigido (40%) generan una afectación total de 41,77% de superficie no edificable. Conforme al Anexo N°2 punto 2.3 de la Resolución Exenta N°28/2018, para predios con prohibición de edificar con afectación entre 25% y 50%, corresponde aplicar coeficiente corrector excepcional de 0,
Se acoge el reclamo y se ordena aplicar coeficiente corrector excepcional de 0,50 al avalúo del inmueble Rol N°1852-3 de Las Condes para el reavalúo 2018. No se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por tener motivo plausible para litigar.
“INMOBILIARIA CABURGUA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO ORIENTE”.
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
S/C
Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinte.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. Reclamo
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
UNO: A fojas 1 y siguientes, comparece don Gustavo de la Cerda Acuña, chileno, cédula nacional de identidad N°2.634.456-5, en representación de INMOBILIARIA CABURGUA LIMITADA, RUT N°79.854.610-4; don Julio Pereira Gandarillas, chileno, abogado cédula nacional de identidad N°7.011.496-8, en representación de INMOBILIARIA MOLINO VIEJO LIMITADA, todos con domicilio para estos efectos en Magdalena N°140, piso 19, comuna de Las Condes, Santiago, dicen:
De conformidad a lo establecido en el artículo 149 del D.L N°830, Código Tributario, vienen en interponer Reclamo Tributario, solicitando se modifique el avalúo fijado en el proceso de retasación general vigente desde el 1° de enero de 2018 (reavalúo 2018) para el inmueble Rol de Avalúo N°1852-3, de la comuna de Las Condes, de propiedad de sus representadas, por considerar que dicha determinación adolece de “errores de clasificación”, todo de acuerdo a lo que exponen: 1
I.- ANTECEDENTES DE HECHO:
Como consta en la “carta de reavalúo de bienes raíces no agrícolas 2018” del Servicio de Impuestos Internos, de fecha marzo de 2018, la vigencia de este proceso general, a contar del 1° enero de dicho año, determinó para el rol en cuestión un alza del avalúo de la propiedad y haciendo presente los canales de impugnación en contra del nuevo avalúo que pueden presentar los contribuyentes, en los plazos y procedimientos que establece la ley a contar del término de los 30 de exhibición del Rol de avalúo en lugar visible de la Municipalidad en que se ubica la propiedad, informando en periódico de la localidad o de circulación nacional.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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