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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD DE INVERSIONES ORO BLANCO SA con SII
Fecha: 26-02-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación tributaria que modificó pérdida tributaria y PPUA por desacreditación de gastos de utilización común, intereses y otros conceptos no acreditados.
Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. declaró pérdida tributaria de $6.314.803.934 y solicitó devolución de PPUA por $983.708.267 en AT 2013. El SII fiscalizó la declaración cuestionando cinco conceptos: intereses pagados líneas de crédito, intereses bono US$8.500.000, intereses cuenta corriente mercantil, gastos de utilización común y PPUA. La sociedad contestó la citación confirmando su declaración con antecedentes. Mediante Liquidación N°53-12 de mayo 2014, el SII rebajó la pérdida a $3.285.041.846 y el PPUA a $558.457.114, ordenando modificaciones al FUT. La sociedad interpuso reposición
El tribunal confirmó que la Liquidación constituye acto administrativo idóneo para redeterminar la situación tributaria del contribuyente, permitiendo determinar base imponible, rebajar pérdida tributaria eliminando partidas no acreditadas y ordenar modificación del FUT. Se estableció que la sociedad percibió rentas afectas por US$5.151.614,78, rentas exentas por dividendos de US$31.382.643,79 e ingresos no renta por US$8.399.181. Los gastos no estaban asociados exclusivamente a rentas gravadas con Impuesto de Primera Categoría, sino también a rentas exentas y no renta. Por artículo 27 inciso
Se rechaza reclamo confirmando Liquidación N°53-12 del SII. Se dispone cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas, eximiéndose a reclamante del pago por tener motivo plausible para litigar.
“SOCIEDAD DE INVERSIONES ORO BLANCO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Oscar Otazo Carrasco , abogado, RUT N°13.255.244 -4, domiciliado en Avenida Presidente Riesco N°5561, oficina N°402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES ORO BLANCO S.A., RUT N°96.532.830-0, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en El Trovador N°4285, piso N°11, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Liquidación N°53-12, practicada con fecha 6 de mayo de 2014, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando dejarla sin efecto por adolecer de un vicio de nulidad al regular materias propias de una R esolución contraviniendo disposiciones legales expresas ; y, en subsidio , dejar sin efecto la Liquidación reclamada por ser improcedente, errónea y contraria a derecho, y en uno u otro caso, tener por acreditado y aceptado el resultado tributario declarado por la sociedad en su declaración de impuesto a la renta del año tributario (en adelante, AT) 2013, dando lugar a la solicitud de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas (en adelante, PPUA) por la suma de $983.708.267.-, con expresa condenación en costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su reclamo titulado: “HECHOS Y ANTEC EDENTES”, explica que el antecedente de la Liquidación reclamada viene dado por el proceso de fiscalización iniciado respecto de la declaración de impuestos presentada por Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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