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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS CIVILES EBEN EZER LTDA.
Fecha: 16-04-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma multa a empresa de transporte por aumentar crédito fiscal IVA mediante facturas falsas del proveedor Comercializadora Coliseo SPA durante enero y febrero 2018, aplicando sanción del 100% del perjuicio fiscal.
Transporte y Obras Civiles Eben Ezer Ltda. utilizó facturas electrónicas falsas emitidas por Comercializadora Coliseo SPA (caso GIFF) para aumentar indebidamente su crédito fiscal IVA en períodos enero y febrero 2018. El SII fiscalizó tras detectar emisión agresiva de documentos, requiriendo antecedentes que el contribuyente aportó parcialmente. Se constató registro de tres facturas falsas (N°220, 232 y 216) por $53.307.776 totales. La falsedad se acreditó mediante verificación de domicilio virtual del proveedor y ausencia de capacidad operativa real.
El tribunal consideró que las facturas utilizadas son falsas conforme artículo 23 N°5 Ley IVA, al provenir de contribuyente sin capacidad operativa real y domicilio virtual. El proveedor Comercializadora Coliseo SPA pertenece a red GIFF de facturas falsas confirmada por Departamento de Delitos Tributarios. Se configuró el delito del artículo 97 N°4 inciso II del Código Tributario por aumentar créditos fiscales mediante documentación falsa. Prescripción fue rechazada pues denuncia se notificó el 27/01/2021, antes del vencimiento del plazo de 3 años desde declaraciones F-29 de febrero y marzo 20
Se confirma acta de denuncia N°3 de 27/01/2021. Se aplica multa de $9.091.988 equivalente al 100% del perjuicio fiscal actualizado (monto mínimo legal), sin costas por reclamo extemporáneo del denunciado. Multa a girar una vez firme o ejecutoriada la sentencia.
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TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACA
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
TRANSPORTE Y OBRAS
CIVILES EBEN EZER LTDA.
RUT 76.133.179-5
Iquique, dieciséis de abril de dos mil veintiuno.
VISTOS:
Consta de acta de denuncia N° 3, de 27 de enero de 2021, rolante a fs. 3, que el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS denunció al contribuyente TRANSPORTE Y OBRAS CIVILES EBEN EZER LTDA., RUT N° 76.133.179-5, representado legalmente por don RADIEL MARÍN MAMANI CHALLAPA, RUT 12.346.887-2, del giro transporte de carga y de pasajeros y obras civiles, con domicilio en Panamericana Lote 1 s/n 0, Pozo Almonte, por el delito sancionado en el artículo 97°, Nº 4, inciso II, del Código Tributario, con el objeto que se le aplique la sola sanción pecuniaria.
I. INDIVIDUALIZACION DEL INFRACTOR:
El 6 de enero de 2021 el funcionario IGNACIO PIÑONES CORTES, fiscalizador tributario perteneciente a la Dirección Regional Iquique del SERVICIO1, procede a notificar acta de denuncia al contribuyente denunciado, del giro o actividad “Transporte Terrestre, Alquiler de otros tipos de maquinarias y equipos sin operario”, por haber incurrido en el ilícito previsto y sancionado en el artículo 97°, Nº 4, inciso II, del Código Tributario; esto es, el aumento mediante 1 Artículo 8°, N° 3, del Código Tributario. 2 la utilización maliciosa de facturas falsas, del verdadero monto de los créditos que tenía derecho a hacer valer en relación con las cantidades que debía pagar, todo lo cual se acredita mediante los antecedentes que seguidamente se expresan:
II. ANTECEDENTES DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN:
1. Antecedentes previos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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