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Tribunal · solo Pro
COMPANIA DE SEGUROS CONFUTURO S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 04-08-2021 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Compañía de Seguros Confuturo por eliminación retroactiva de sobretasa de sitio no edificado. El tribunal declara extemporáneo el reclamo y sin prueba de afectación a utilidad pública en períodos 2015-2017.
Compañía de Seguros Confuturo S.A. es propietaria del inmueble ubicado en Avenida La Dehesa N° 1950, Lo Barnechea, Rol de Avalúo 3585-14. Presentó solicitud F2118 el 15 de diciembre de 2017 para rebaja de avalúo y revisión de sobretasa del artículo 8 de Ley 17.235. Por Resolución Exenta N° 1726 de 11 de junio de 2018, el SII aplicó coeficiente excepcional pero rechazó eliminación de sobretasa. Posteriormente solicitó nuevamente eliminación retroactiva el 28 de agosto de 2018, siendo rechazada por Oficio N° 1124 de 30 de agosto de 2019. Reclamó en sede jurisdiccional el 19 de noviembre de 2019.
El tribunal establece que el plazo de 90 días para reclamar conforme al artículo 150 del Código Tributario comenzó a contar desde la Resolución N° 1726 de 11 de junio de 2018, siendo extemporáneo el reclamo del 19 de noviembre de 2019. Además, no existe acreditación de que el inmueble haya estado afecto a utilidad pública en los períodos 2015-2017. El Oficio de la D.O.M. N° 472/2018 solo acredita ausencia de afectación en 2018, no en períodos anteriores. La pretensión de retroactividad carece de fundamento documental que respalde la existencia de afectación en los años solicitados.
Se rechaza el reclamo interpuesto por Compañía de Seguros Confuturo S.A. del 19 de noviembre de 2019. Se confirma la Resolución N° 1726 de 11 de junio de 2018 y el Oficio N° 1124 de 30 de agosto de 2019. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
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“COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A. con SII, DIRECCIÓN REG IONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
CUANTÍA: S/C
Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintiuno
VISTOS:
Que a fojas 01 comparece don MANUEL ALEJANDRO LISBOA CORDERO, abogado, domiciliado para estos efectos en Av. Providencia 2594, oficina 620, Providencia, en representación de COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A., sociedad con persona jurídica del giro de su denominación y continuadora legal de COMPAÑÍA DE SEGUROS CORPSEGUROS, representada por don Rafael Eugenio Rillón Soto, ambos domiciliados en calle Apoquindo N° 6750 -19, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduciendo reclamo en contra de modificaciones individuales del avalúo de bienes raíces, que en definitiva inciden en el pago del impuesto territorial y de los elementos que sirvieron de base para su determinación, efectuadas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, del SII, fundado en los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su escrito de reclamo y que se desarrollan a continuación.
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
El reclamante presentó fundamentos de hecho y de derecho en sustento de su reclamo, en los siguientes términos:
LOS HECHOS
Señala que, la COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A. es propietario del bien raíz ubicado en Avenida La Dehesa N° 1950, LT 67 -1 A FB -1071, de la Comuna de Lo
Barnechea, de la ciudad de Santiago, propiedad Rol de Avalúo N° 3585 -14 de la referida Comuna.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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