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Tribunal · solo Pro
Agrícola San Manuel SpA con SII
Fecha: 12-08-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Agrícola San Manuel SpA contra liquidaciones de impuesto de primera categoría por año tributario 2015, desestimando nulidad y alegaciones sobre castigo de deudores incobrables extranjeros y FUT negativo.
Agrícola San Manuel SpA reclamó nulidad de liquidaciones N°138-143 de agosto 2018 por diferencias de impuesto de primera categoría año 2015. La empresa declaró renta líquida imponible negativa de $184.213.889. El SII agregó a la base imponible: ventas no declaradas por $9.767.772, venta de bien raíz por $14.500.000, y castigo de deudores incobrables por $556.019.339, resultando base imponible de $396.073.222. La empresa sostuvo que agotó prudencialmente medios de cobro contra deudor en Venezuela y que FUT negativo de $62.504.279 equivalía a pérdida de ejercicios anteriores.
El tribunal estimó que no concurren vicios de nulidad, siendo las objeciones defectos formales resolubles en procedimiento de reclamación general. Respecto al castigo de incobrables, concluyó que la empresa no agotó prudencialmente los medios de cobro al no iniciar acciones judiciales. Consideró aplicable la Circular N°24-2008 incluso para deudores extranjeros. Estimó que dado el monto superior a 550 millones de pesos, resultaba pertinente ejercer acciones judicales. Descalificó cartas de Maureira por contradicciones internas. Sobre el FUT negativo, señaló que no es equivalente a pérdida tribu
Se rechaza la demanda tanto en su acción principal (nulidad) como subsidiaria (reclamación contra liquidaciones N°138-143), confirmándose los actos impugnados. Se ordena el pago de costas.
CAUSA : “AGRICOLA SAN MANUEL SpA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A DOCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO
I. VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de don CARLOS ALCALDE MORENO, comerciante, cedula de identidad nacional N°6.068.265-8, por si y en representación de la empresa "AGRICOLA SAN MANUEL SPA", del giro de su denominación, RUT N°79.691.210-3, ambos con domicilio en Avenida Manzanar S/N° comuna de Olivar, por la cual:
En lo principal: Reclama, solicitando la Nulidad de las Liquidaciones N°138 a la N°143, todas de 30 de agosto de 2018 y consecuencialmente con ello de la Resolución Ex. N°439 de 31 de agosto de 2018, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos, en adelante también denominado como el “Servicio”. En cuanto a las liquidaciones la N°138, es por diferencias de Impuesto de Primera Categoría1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta2 del Año Tributario3 2015, y las restantes por reintegro de cantidades entregadas al contribuyente, la N°139 del “AT 2015” y las restantes (140 a 143) del “AT 2017”; y En el primer otrosí: En subsidio de lo principal, reclama sólo en contra de las Liquidaciones N°138 a la 143 ya individualizadas.
La actora funda sus acciones en los argumentos de hecho y de derecho que resumidamente se exponen a continuación.
En cuanto a los vicios que justificarían la declaración de nulidad impetrada en lo principal, respecto de las Liquidaciones expresa lo siguiente:
- Que éstas “omiten toda referencia a partidas y elementos que la pudiesen constituir”4, lo que en su opinión “rompe” las propias instrucciones dadas por el Servicio, a las que ya se había referido, vulnerándose así las normas contenidas en el artículo 24 el Código Tributario y en la Circular N°63 de 2000.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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