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Tribunal · solo Pro
Sociedad Lomuscio y Lomuscio Limitada con SII
Fecha: 21-09-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Sociedad Lomuscio contra liquidación del SII que rechazaba pérdidas tributarias de ejercicios anteriores por $246.185.423 del AT 2015, estimando acreditadas mediante contabilidad y documentación.
Sociedad Lomuscio fue fiscalizada por su declaración de impuesto a la renta del AT 2015. El SII emitió Liquidación N° 66 de julio 2018 rechazando pérdidas de ejercicios anteriores por $246.185.423, determinando diferencia de impuesto a la renta de primera categoría de $48.008.565. La contribuyente alegó que las pérdidas provenían del resultado negativo acumulado de varios ejercicios comerciales desde 2008, no de operaciones específicas, y acompañó balances, estados de resultados, contratos de leasing y documentación contable desde 1999 a 2014.
El tribunal aplicó el estándar de prueba de 'probabilidad prevalente' propio de controversias pecuniarias. Analizó exhaustivamente la documentación contable aportada (11 archivadores con declaraciones, balances, registros contables y comprobantes de 2007-2015), la cual no fue impugnada ni tachada de infidelidad por el SII. Concluyó que la pérdida no obedece a operación específica sino a resultado negativo acumulado de varios ejercicios, acreditado mediante registros de gastos respaldados documentalmente. El tribunal estimó confiable la información contable revisada por su precisión, multiplici
Se acogió el reclamo y dejó sin efecto la Liquidación N° 66 de 30 de julio 2018 del SII. Se condenó sin costas, debiendo cada parte hacerse cargo de sus propias costas, estimando que el SII tuvo motivos plausibles para litigar.
CAUSA : “SOCIEDAD LOMUSCIO Y LOMUSCIO LIMITADA con S.I.I.” RUC Nº: Rol · solo Pro
RIT N°: Rol · solo Pro
RANCAGUA, A VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de don Rafael Lomuscio Zúñiga, RUT 6.888.565-5, empresario, y don Guido Eduardo Lomuscio Zúñiga, RUT 6.888.566-3, empresario, ambos actuando en representación convencional de SOCIEDAD LOMUSCIO Y LOMUSCIO LIMITADA o FERRO PLAST M. LOMUSCIO LIMITADA, RUT 79.563.710-9, todos con domicilio para estos efectos en calle Bueras N º141,comuna de Rancagua, a través de la cual deducen reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 66 de fecha 30 de julio del año 2018 emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (en adelante SII o Servicio), en la cual se determina una diferencia de impuesto a la renta de primera categoría por la suma de $48.008.565 (sin reajustes, intereses y multas), que incide en la declaración de impuesto a la renta presentada para el año tributario 2015 (en adelante AT 2015).
La contribuyente indica que fue sometida a una fiscalización de su declaración anual de impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2015, folio Nº 243770775, y que fue notificada de la Citación Nº 59, de fecha 30 de abril de 2018, por la cual se le solicitaba aclarar, c onfirmar, rectificar la declaración de impuesto a la renta ya citada, por cuanto la citada declaración fue objetada, por cuanto la pérdida de ejercicios anteriores declarada, no sería consistente con la pérdida tributaria declarada en años anteriores.
Agrega, que se presentó durante el período de fiscalización, concurriendo un mandatario a aportar documentación, tal como da cuenta la página 1 de los Antecedentes de la Fiscalización. Es así como se aportaron los registros que ahí se detallan: Fondo de Utilidades Tributarias, Balances y Capital Propio, desde los años 1999 a 2014, en el mes de septiembre del año 2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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