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Tribunal · solo Pro
Vercellino Garcia con SII
Fecha: 29-09-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
ACOGE+100M Ha Lugar
El tribunal acogió el reclamo y dejó sin efecto la liquidación por insuficiencia metodológica del informe técnico de tasación que no acreditó que el precio de venta fuera notoriamente superior al valor comercial.
Vercellino vendió el inmueble Rol 162-118 (34,235 hectáreas en Vichuquén) a Inmobiliaria Pelarko Ltda. el 17 de junio de 2015 por UF 55.000 ($1.372.873.700). Había adquirido la propiedad 14 meses antes en UF 7.200 ($170.216.496). El SII fiscalizó la operación y encargó una tasación comercial que arrojó $954.274.352, determinando una diferencia de $418.599.348 e imponiendo impuesto por $151.824.414 (más reajustes e intereses: $263.810.102).
El tribunal analizó la aplicabilidad del artículo 17 N°8 de la LIR y artículo 64 del CT. Concluyó que el Informe Técnico Nº299/2018 fue metodológicamente insuficiente: no detalló características precisas de inmuebles comparables, no empleó adecuadamente el método comparativo de mercado, omitió información catastral relevante, y sus cálculos carecían de fundamentación clara. Recalculando con los mismos datos del SII, el tribunal obtuvo un valor tasado superior (48.231,57 UF) al reportado (38.000 UF). Además, las compraventas posteriores de lotes subdivididos evidenciaron valor por m² (~0,3 a 0,
Acogió el reclamo y dejó sin efecto la Liquidación Nº136 de 29 de agosto de 2019. Condenó al SII al pago de costas. Ordenó al SII dictar los actos administrativos procedentes para el cumplimiento.
CAUSA : “VERCELLINO GARCIA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
RANCAGUA, A VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DOS MIL VEINTIUNO
I. VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de don MAURICIO ALFONSO CALVO ARELLANO, abogado, Cedula Nacional de Identidad N°10.541.810-8, en representación de don ORAZZIO ROMANO VERCELLINO GARCÍA , Cedula Nacional de Identidad N°4.181.474 -8, empresario, ambos con domicilio en Parque Residencial Los Lirios C 10 A, c omuna de Requínoa, quien deduce reclamo tributario en contra de la Liquidación Nº 136 de fecha 29 de agosto de 2019, emitida por el Servicio de Impuestos Internos 1, por la que se determinó para el Año Tributario2 2015, una diferencia de Impuesto Único de Primera Categoría, de la Ley Sobre Impuesto a la Renta 3 , por la cantidad por la suma de $151.824.414, que adicionando los reajustes e intereses asciende a la cantidad de $ 263.810.102, en base a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho, que resumidamente se reproducen.
Indica el reclamante que fue fiscalizado por la VI Dirección Regional Rancagua del Servicio de Impuestos Internos, por considerar que el valor de enajenación de la propiedad de una superficie de 34,235 Hectáreas que tenía en la comuna de Vichuquen, rol de avalúo 162-118, a la empresa Inmobiliaria Pelarko Ltda., fue realizada a un valor notoriamente superior al valor comercial de los inmuebles de características y ubicación similares en la localidad respectiva, o de los corrientes en plaza considerando las circunstancias en que se realiza la operación.
Po lo anterior, el SII aplicando la facultad de tasar del artículo 64 del Código Tributario, determinó una diferencia entre el valor comercial y el valor de venta del inmueble, que asciende a la suma de $418.599.348, estableciendo una base imponible del impuesto del artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta al 31 de diciembre de 2015, ascendente a $429.064.332, aplicándose un impuesto de $150.172.516.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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