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Tribunal · solo Pro
FIGUEROA PAROT con SII
Fecha: 21-10-2021 · Materia: Giro · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación contra giro de sobretasa territorial por deficiencia en fundamentación y error en base imponible de bien en copropiedad no individualizado.
Ana María Figueroa Parot fue notificada de giro por sobretasa del artículo 7 bis de la Ley 17.235 por $11.896.345 en noviembre de 2020. El giro incluía el bien raíz Rol 38-88 (Fundo Los Coligues, Requínoa) de los cuales la contribuyente es copropietaria del 50%, sin especificar bienes individualizados ni su proporción. El SII contaba con Certificado de Avalúo Fiscal indicando copropiedad (Figueroa Parot Ana M y Otro) pero aplicó el 100% del avalúo en la base imponible.
El tribunal estimó que el giro adolece de vicio de legalidad por deficiencia en fundamentación: no individualiza bienes considerados en base imponible, solo remite a portal web del SII. Aunque la ley requiere solo datos indispensables, el tribunal concluyó que la identificación de bienes es esencial cuando se calcula sobre avalúo total. Además, el SII aplicó indebidamente el 100% del avalúo del bien Rol 38-88 siendo copropiedad, violando artículo 7 bis N°2 que exige considerar solo la proporción según cuota de dominio. El argumento del SII de que el contribuyente debe informar cambios fue dese
Acoge reclamación de Ana María Figueroa Parot y deja sin efecto el acto administrativo emitido por el SII (Giro Folio 007 N°4514641 de 23 de noviembre de 2020). No se condena en costas a la parte reclamada por existir motivos plausibles para litigar.
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ANA MARÍA FIGUEROA PAROT RUT N°7.034.091-7 CUANTÍA: 231,05 UTM EN SANTIAGO, A VEINTIUNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA. VISTOS: El escrito de fecha 26 de marzo de 2021, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don JOSÉ ANTONIO YAZIGI PUELMA, RUT N°13.036.552-3, abogado en representación de ANA MARÍA FIGUEROA PAROT, RUT N°7.034.091-7, ambos domiciliados para estos efectos en Junglares Nº3880 casa 22, comuna de Lo Barnechea, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Notificación y Giro Folio 007 N°4514641 de fecha 23 de noviembre de 2020, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), que determinó un total a pagar de $11.896.345.- por concepto de sobretasa del artículo 7 bis de la Ley sobre Impuesto Territorial. El reclamante, en resumen, señala que con fecha 11 de noviembre de 2020 se le notificó la Carta N°8642911 cuyo título es “Notificación y Giro Sobretasa Artículo 7 Bis Ley N°17.235”, la cual transcribe y expresa que de su lectura se advierte que el único fundamento que aduce para el cobro contenido es la existencia de una sobretasa anual al Impuesto territorial aplicada a bienes raíces registrados a su nombre en el Conservador de Bienes Raíces al 31 de diciembre de 2019, cobro derivado de un cruce de información
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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