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Tribunal · solo Pro
Blanco y Negro S.A. con DRM STGO CENTRO SII
Fecha: 13-12-2021 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE+100M Ha Lugar
Se acoge reclamo de Blanco y Negro S.A. contra denegación de rectificatoria y devolución de PPUA, reconociendo mandato de ANFP y derecho a deducir utilidades de CDF e impuesto pagado.
Blanco y Negro S.A. representa al Club Deportivo Colo Colo. Los clubes de fútbol encargaron a la ANFP administrar sus derechos de transmisión televisiva mediante la constitución del Canal del Fútbol (CDF). En 2013, Blanco y Negro recibió de la ANFP utilidades por $1.942.613.688 provenientes del CDF, con crédito tributario asociado de $388.522.738 por Impuesto de Primera Categoría. El SII denegó la solicitud de rectificatoria y devolución de PPUA alegando que la ANFP era la socia de CDF, no Blanco y Negro.
El tribunal reconoce la existencia de un mandato a nombre propio conferido por los clubes a la ANFP para administrar sus activos deportivos. Conforme al artículo 39 N°1 de la LIR, las utilidades provenientes de CDF constituyen renta exenta de Impuesto de Primera Categoría para Blanco y Negro al traspasar la ANFP los flujos. Se acredita documentalmente pérdida tributaria suficiente para absorber las utilidades ajenas recibidas, cumpliendo así los requisitos del artículo 31 N°3 de la LIR para la devolución de PPUA. La resolución administrativa fue desvirtuada por prueba pericial y documental.
Se acoge el reclamo, deja sin efecto la Resolución Ex. 17.300 Nº32/2018 del SII, se acoge la declaración rectificatoria con agregado y deducción de $1.942.613.688 por Ingresos TV y se devuelve $388.522.738 por PPUA.
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BLANCO Y NEGRO S.A. RUT N°99.589.230-8 CUANTÍA: 8.091,53 UTM EN SANTIAGO, A TRECE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA. VISTOS: El escrito de fecha 18 de octubre de 2018, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don GUIDO AGUIRRE DE LA RIVERA RUT N°6.753.868-4, en representación de BLANCO Y NEGRO S.A. RUT N°99.589.230-8, ambos domiciliados para estos efectos en Nuncio Monseñor Sótero Sanz Nº100, oficina 104, Providencia, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Ex. 17.300 Nº32/2018 de fecha 2 de marzo de 2018, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), que denegó la declaración rectificatoria de Impuesto de Primera categoría y devolución por PPUA. El reclamante, en resumen, señala que Blanco y Negro S.A. es una sociedad que nace con motivo de la transformación estructural del futbol luego del colapso financiero a fines de los años 90, que implicó que todos los clubes que formaban parte del sistema estuvieran deficitarios, por lo cual, se estructuraron como sociedades comerciales destinadas a la explotación de los derechos de transmisión televisiva. Agrega que los clubes debían obligatoriamente formar parte de la Asociación Nacional del Futbol Profesional (en adelante ANFP) para tener acceso a participar de las competencias.
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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