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Tribunal · solo Pro
URENDA SALAMANCA con SII
Fecha: 26-01-2022 · Materia: Artículo 8 bis CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo por vulneración de derechos al no entregar íntegra y oportunamente copias de expedientes administrativos solicitadas por contribuyente en fiscalización por herencias.
Contribuyente solicitó el 14.02.2020 copias de expedientes administrativos relativos a liquidaciones tributarias por herencias (Liquidaciones N°789 y N°184). El SII rechazó recurso de resguardo mediante Resolución Ex. N°77321105250 del 10.03.2021. Luego de más de un año sin entrega completa de documentación, pese a gestiones ante Contraloría y reiterados requerimientos, se interpuso reclamo por vulneración de derechos alegando dilaciones innecesarias y falta de atención diligente en la entrega de copias de expedientes.
El Tribunal establece que la obligación de entregar copias de expedientes administrativos es legal y no discrecional, sin que el soporte (físico o digital) sea limitante. Reconoce que existió una solicitud clara de documentación identificada en actas de entrega de la fiscalización. Aunque la pandemia constituyó situación anormal, más de un año de demora excede razonablemente los plazos necesarios para cumplimiento. Constata entrega parcializada y tardía de documentación durante la causa. Aplica el artículo 8 bis numeral 5 vigente al momento de la solicitud (no el numeral 7 posterior). Desestim
Acoge reclamo por vulneración de derechos respecto de no entrega oportuna e íntegra de documentación solicitada. Deja sin efecto Resolución Ex. N°77321105250. Ordena a Dirección Regional del SII Valparaíso entregar copias en formato físico o digital en plazo de 10 días hábiles. Rechaza condena en costas.
1
BELTRÁN FELIPE URENDA SALAMANCA
RUT N° 4.844.447-4
CUANTÍA INDETERMINADA (0 UTM)
Valparaíso, veintiséis de enero de dos mil veintidós.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don José Miguel Vera Orriols, abogado, RUT Nº10.023.712-1, en representación de don BELTRÁN FELIPE URENDA
SALAMANCA, RUT Nº4.844.447-4, ambos domiciliados en Plaza Justicia N°45, Piso 8, ciudad de Valparaíso, V Región, quien interpuso reclamo de vulneración de derechos conforme a los artículos 8 bis, 155 y siguientes del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra la Resolución Ex. N°77321105250, de fecha 10.03.2021, emitida por el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos de la Región de Valparaíso, que rechaza el recurso de resguardo por vulneración de derechos intentado por el ocurrente en virtud del cual solicitó se le entregue copia de los expedientes administrativos abiertos respecto de su representado.
2. Señala que la acción de vulneración tiene como fundamento el actuar arbitrario e ilegal del Servicio, consistente en la omisión y negativa reiterada y permanente de entregar las copias solicitadas con fecha 14.02.2020.
3. Sostiene que los antecedentes solicitados son de suma importancia debido a que inciden directamente en la defensa y tramitación de los reclamos tributarios Rol · solo Pro y Rol · solo Pro, los que actualmente están en conocimiento de este Tribunal.
4. Afirma que el acceso al conocimiento de estos es una obligación legal, especialmente, en lo relacionado con materias tributarias e implica una garantía mínima del debido proceso consagrado en la Constitución Política de la República.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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