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Tribunal · solo Pro
SII REGION DE LOS RIOS con HERNANDEZ MEDINA y otro
Fecha: 25-01-2013 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza denuncia por presentación de declaraciones de IVA y Renta falsas amparadas en facturas falsas, por deficiencias en la investigación y falta de prueba de falsedad ideológica de documentos.
El SII denunció a Oscar Humberto Pino Toloza y Ana Luisa Hernández Medina por presentar declaraciones de IVA maliciosamente falsas en períodos 2009-2011 usando 11 facturas ideológicamente falsas para inflar créditos fiscales, y declaraciones de Renta falsas en 2011-2012 para aumentar gastos indebidamente. Se alega que Pino adquirió facturas pagando el 50% del monto IVA y que Hernández participó activamente en las negociaciones de compra y contabilización de estos documentos.
El Tribunal analiza que la investigación fue deficiente al no interrogar a los proveedores emisores de las facturas cuestionadas (Emilio Lagos, Érico Guarín, Eduardo Escobar, Octaviano Navarro, Humberto Valenzuela) ni a la contadora Miriam Soto que participó en los trámites. Los descargos sostienen que las facturas corresponden a operaciones efectivas: trabajos reales de construcción, reparación y madera aserrada realizados para Pino, entregados y pagados efectivamente. La prueba testimonial de los proveedores acredita la realidad de las operaciones, los trabajos ejecutados, los materiales ent
Se rechaza la denuncia por falta de prueba suficiente de falsedad ideológica de las facturas y por deficiencias procedimentales en la investigación.
Valdivia, veinticinco de enero de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas dos y siguientes, rola Acta de Denuncia N°04, de fecha 24 de septiembre de 2012, levantada por el Servicio de Impuestos Internos en contra de don Oscar Humberto Pino Toloza, RUT N° 5.694.158-4, con giro en Transporte de Pasajeros y Encomiendas, Contratista Obras Menores y Arriendo de Vehículos, domiciliado en Huilo- Huilo N° 93, Hua Hum, Panguipulli, por haber incurrido en las infracciones previstas en el artículo 97 N° 4 inciso 1° y 2° del Código Tributario, consistente en la presentación de declaraciones de IVA y de Impuesto a la Renta maliciosamente falsas, amparadas en facturas falsas, maniobras a través de las cuales incrementó indebidamente su crédito fiscal y abultó gastos. El acta se levanta, además, en contra de la cónyuge del denunciado, doña Ana Luisa Hernández
Medina, RUT 8.447.950-0, domiciliada en Huilo- Huilo N° 93, Hua Hum, Panguipulli, se ignora profesión u oficio, a quien se imputa haber participado activamente junto a su marido en las negociaciones para realizar la compra de las facturas falsas que aquel utilizó. A ella le cabría participación como autora en el delito previsto en el artículo 97 N° 4 inciso 1 del Código Tributario, y como cómplice en la figura del inciso segundo de dicha norma.
En la mencionada Acta de Denuncia, se consigna que en la revisión practicada y teniendo a la vista Informe N° 11 de fecha 13 de junio de 2012, suscrito por don Marcelo Viveros Cortés; Cuaderno de Antecedentes de 149 fojas; e Informe N° 582, de fecha 10 de septiembre de 2012, suscrito por doña Marcia Muñoz Mansilla; se detectó que el contribuyente denunciado, con la participación y cooperación de su cónyuge, doña Ana Luisa Hernández Medina, realizó dos maniobras.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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