Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD DE TRANSPORTES SERVICIOS Y REPUESTOS LTDA con SII
Fecha: 17-02-2022 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones por IVA e impuesto a la renta, por no acreditar efectividad de operaciones con facturas falsas y no cumplir carga probatoria.
Sociedad de Transportes fue fiscalizada por SII para verificar cumplimiento de IVA e impuesto a la renta en períodos marzo 2016 a febrero 2019. Notificada mediante Notificación N°536131 del 14.03.2019 para presentar facturas y libros, no respondió. Recibió Citación N°6 del 06.02.2020, tampoco respondió. El 29.12.2020 se emitieron liquidaciones N°250 a 289 determinando impuestos por IVA, artículo 21 y reintegro artículo 97 LIR, rechazando crédito fiscal y tasando renta por falta de antecedentes.
El tribunal estima que el SII acreditó la existencia de facturas falsas que permitieron incrementar ficticiamente crédito fiscal entre diciembre 2014 y junio 2018, constituyendo declaraciones maliciosamente falsas que justifican plazo extraordinario de 6 años de prescripción. Respecto al crédito fiscal, la contribuyente no acreditó pago de facturas ni efectividad de operaciones conforme artículo 23 N°5 DL 825, incumpliendo carga probatoria del artículo 21 CT. Sobre tasación de renta según artículo 35 LIR, el tribunal constata que el SII aplicó correctamente facultad discrecional al no disponer
Se rechaza reclamo. Se mantienen a firme las liquidaciones impugnadas N°250 a 289. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
1
SOCIEDAD DE TRANSPORTES, SERVICIOS Y REPUESTOS LTDA. RUT N° 76.062.703-8 CUANTÍA 11.701,68 UTM Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. VISTO: Que a fojas 1 y siguientes compareció el letrado don FELIPE DE LA FUENTE TILLERÍA, RUT N°18.228.291-K, en representación de SOCIEDAD DE TRANSPORTES, SERVICIOS Y REPUESTOS LTDA., RUT N°76.062.703-8, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Progreso N°467, Departamento 403 Torre B, Villa Alemana, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones: 1. Indica que dirige su acción en contra de las Liquidaciones N°s 250 a 289, de fecha 29.12.2020, notificadas por correo electrónico en la misma fecha, las que determinaron impuestos por concepto de IVA, Impuesto Único del artículo 21 y Reintegro del artículo 97, estos últimos de la Ley sobre Impuesto a la Renta. 2. Indica que a juicio del Servicio las liquidaciones se habrían fundado, en operaciones inexistentes y sin sustento en la realidad por asociarse a facturas falsas. 3. Afirma que las liquidaciones de autos han incurrido en diversos vicios que determinan su ineficacia, entre los que se aprecian los siguientes: a) se han verificado fuera de los plazos de prescripción; b) han infringido las normas del debido emplazamiento de fiscalización y c) han sido formulados con manifiesta falta de fundamentación; y d) han incurrido en infracción de las normas aplicables de fiscalización. 4.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.