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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES BRETANA LIMITADA con SII
Fecha: 18-03-2022 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Inversiones Bretaña contra liquidaciones del SII por año 2009, reconociendo parcialmente pérdida en Bretaña Investment pero rechazando pérdida FIP por falta de acreditación suficiente.
Inversiones Bretaña Limitada impugnó liquidaciones del SII por año tributario 2009. La empresa declaró pérdida tributaria de $981.815.216, solicitando devolución de pagos provisionales. El SII cuestionó dos pérdidas: pérdida FIP Capital Trust de $855.654.659 (por venta de cuotas a $1.000) y pérdida Bretaña Investment de $312.718.199 (por inversiones en bonos liquidadas en crisis 2008). SII otorgó devolución parcial de $68.719.069 el 30/05/2009 y emitió liquidaciones el 12/08/2011 rechazando ambas pérdidas.
El tribunal analizó la acreditación de las pérdidas conforme al artículo 31 de la LIR que exige justificación fehaciente. Respecto a Bretaña Investment, reconoció inversiones totales por $615.395.177 liquidadas en 2008 por $374.237.471, acreditando pérdida de $241.157.705. Para pérdida FIP, rechazó la acreditación porque la reclamante no probó documentadamente que el fondo perdiera todo su valor económico (especialmente las pérdidas de Calzados del Sur, Inversiones Vicuña Mackenna y Pan D'or Chile). El tribunal consideró que aunque existen documentos, faltan antecedentes que permitan verificar
Se acoge parcialmente el reclamo. Se ordena reliquidación de las Liquidaciones 363 y 364 reconociendo solo $241.157.705 de la pérdida Bretaña Investment. Se rechaza la pérdida FIP de $855.654.659 por falta de acreditación. Cada parte paga sus propias costas. El SII debe cumplir administrativamente lo resuelto.
“INVERSIONES BRETAÑA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. -
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Eduardo Rafael Morandé Montt , ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°7.024.596.5, en representación de INVERSIONES BRETAÑA LIMITADA, RUT N°96.519.700-1, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Pío XI N°1.547, Vitacura, Santiago, quien, conforme a lo dispuesto en los artículo s 124 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 363 y 364, ambas de fecha 12 de agosto de 2011, emitidas por la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , solicitando que se dejen sin efecto en todos sus términos, especialmente, en cuanto a la determinación de una supuesta obligación de pago por saldo adeudado de impuesto de primera categoría del año 2009 de $7.490.656 .-; la orden de restitución de la suma devuelta por concepto de pagos provisionales por utilidades absorbidas (en adelante, PPUA) , por $68.719.656.-; en cuanto a validar el saldo de la pérdida tributaria hasta el año tributario (en adelante, AT) 2009 por ($981.815.216.-); y, ordenar la devolución de la cantidad de $36.249.304.- por concepto de saldo pendiente de PPUA, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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