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Tribunal · solo Pro
CHAPOCHNICK FRIEDMANN con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE
Fecha: 30-03-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones por incremento patrimonial no justificado derivado de adquisición de bien raíz por padres a nombre de contribuyente, rechazando alegación de prescripción y de estipulación a favor de tercero.
Padres de contribuyente adquirieron bien raíz por $102.446.791 a nombre de su hija mediante contrato de compraventa de 25/05/2011. SII fiscalizó AT 2012, emitió Citación N°30(R) notificada el 12/03/2015 con prórroga de un mes, y posteriormente Liquidaciones N°1219 y N°1220 el 27/08/2015, agregando dicho monto más reajustes a bases imponibles de Impuesto de Primera Categoría e IGC por constituir incremento patrimonial no justificado. Contribuyente reclamó alegando prescripción y que se trataba de estipulación a favor de tercero.
Tribunal rechaza prescripción pues Citación y prórroga aumentaron plazos en 4 meses conforme arts. 63 inc.3° y 200 inc.4° CT, quedando liquidaciones dentro de plazo. Rechaza alegación de estipulación a favor de tercero, estableciendo que contribuyente experimentó incremento patrimonial al radicarse bien raíz en su patrimonio sin pasivo correlativo. Conforme art. 2 N°1 LIR, dicho incremento constituye renta tributable. Reclamante tenía carga de desvirtuar presunción de legalidad del acto administrativo conforme art. 21 CT y art. 3 Ley 19.880, sin lograrlo. Acto reclamado goza de presunción de l
Rechaza reclamo, confirma Liquidaciones N°1219(R) y N°1220(R). Director Regional dispondrá reliquidación administrativa. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
“CHAPOCHNICK FRIEDMANN, GERALDINE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Oriente”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, treinta de marzo de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Homero Caldera Calderón , abogado, Cédula Nacional de Identidad N°8.125.213-0, domiciliado en calle Huérfanos N°1147, Oficina 1001 y 1002, Santiago, en representación de doña GERALDINE CHAPOCHNICK FRIEDMANN , Rol único Tributario N°15.641.732-7, artista, domiciliada en calle Estero de Las Rosas N°13.190, Lo Barnechea , Región Metropolitana, quien interpone reclamo tributario, de acuerdo a lo establecido en los artículos 12 3 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N°1219 y N°1220, ambas emitidas con fecha 27 de agosto de 2015, notificada por cédula, mediante Notificación N°1547, con fecha 28 de agosto de 201 5, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , solicitando, en primer lugar, que se declare la prescripción de las Liquidaciones reclamadas, por cuanto no existen antecedentes suficientes para que proceda la ampliación del plazo de revisión a tres años más tres meses, como lo exige el artículo 200 del Código Tributario, en segundo lugar y en subsidio de lo anterior, que se acogen todas las defensas alegadas, por lo que se mantienen a firme las declaraciones de Impuesto Global Complementario correspondiente al período tributario cuestionado y, en tercer lugar, que se dejen sin efecto las Liquidaciones reclamadas y se mantenga a firme la declaración de Impuesto a la Renta contenida en el Formulario 22, correspondiente al año tributario (en adelante, AT) 2012, presentada por la reclamante, ya que la inversión e incremento de patrimonio que se le atribuye, no fue realizada por ella; todo lo anterior con costas y en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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