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Tribunal · solo Pro
SOC.COMERC.E INDUSTRIAL POLINOX SpA con SII
Fecha: 06-04-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Pablo Alonso Arias Palacios
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de Polinox SpA contra liquidaciones del SII por rechazo de crédito fiscal IVA y ajustes de renta, confirmándose la falsedad ideológica de más de 90 facturas de proveedores vinculados.
Polinox SpA, empresa de servicios acuícolas, fue liquidada por el SII en 23 actos (períodos julio 2016 a marzo 2018) por diferencias de $244.966.902, alcanzando $477.167.193 con reajustes e intereses. El SII rechazó créditos fiscales IVA por considerar falsas más de 90 facturas de proveedores relacionados y tasó la renta de los años 2017, 2018 y 2019. La reclamante argumentó que las operaciones eran reales, parte de transacciones entre empresas vinculadas de un grupo, y que pagó los débitos fiscales asociados.
El tribunal estableció que corresponde al contribuyente probar la efectividad material de las operaciones conforme al artículo 21 del Código Tributario. Analizó que en sede judicial, cuando se discute si las operaciones son reales o inexistentes, no aplican los requisitos de los incisos 2º a 4º del artículo 23 Nº5 de la ley de IVA, sino solo el inciso 5º respecto del pago del impuesto en arcas fiscales. Sin embargo, determinó que el contribuyente actuó de mala fe al presentar declaraciones sustentadas en facturas ideológicamente falsas durante 23 períodos, lo que impide acceder al crédito fisc
Se rechaza reclamación de Polinox SpA contra liquidaciones 1 a 23 del SII de fecha 18 de febrero de 2020. Se confirman todas las liquidaciones que declaran falsedad de facturas, rechazan crédito fiscal IVA y tasan renta. Se condena en costas a la reclamante.
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RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT Nº : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : POLINOX SpA.
CUANTÍA : 9.472,8 UTM
Coihaique, a seis de abril de dos mil veintidós.
V I S T O S:
UNO. El escrito de fojas 1 y siguientes, mediante el cual comparece Exer Quilodrán Zamora, abogado, cédula de identidad 11.919.812 -7, actuando en representación convencional de la SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL POLINOX S.p.A. , del giro servicios acuícolas, lavado de redes, obras de ingeniería, reparación de maquinaria y equipos, RUT N°76.408.899-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Bernardo O´Higgins N°1880, Puerto Aysén, quien deduce reclamación en contra de las liquidaciones números 1 a 23 de fecha 18 de febrero de 2020 del Servicio de Impuestos Internos (indistintamente SII o Servicio), que para los períodos tributarios de julio de 2016 a marzo de 2018 rechazan el crédito fiscal IVA contenidos en las facturas de compra de dichos períodos por considerarlas como facturas falsas y establece diferencias en el impuesto a la renta para los años tributarios 2017, 2018 y 2019.
En total las liquidaciones establecen diferencias de impuestos por un monto neto de $244.966.902.- que sumados reajustes, intereses y multas alcanzan a un total de $477.167.193.-
A continuación, se reseñarán los argumentos vertidos por el reclamante para alzarse contra estas partidas de las liquidaciones.
En primer término, sostiene que las facturas dan cuenta de operaciones reales y por lo tanto no se trataría de facturas ideológicamente falsas como indica la liquidación. Señala que Polinox SpA. (en adelante Polinox) es parte de un grupo de empresas vinculadas que realizan actividades complementarias, donde unas se suministran insumos y servicios a otras, agregando que las facturas cuestionadas por el SII s on en 2 su gran mayoría de proveedores pertenecientes a este grupo de empresas vinculadas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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