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Tribunal · solo Pro
AGRÍCOLA BRISA DEL SOL LIMITADA con SII
Fecha: 02-08-2022 · Materia: Resolución; Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra clasificación de predio como bien raíz no agrícola. El tribunal confirma que el terreno estaba urbanizado y destinado a conjunto habitacional, sin actividad agrícola preferente acreditada.
Agrícola Brisa del Sol Limitada reclama contra resoluciones del SII que clasifican el predio rol 5312-66 de Talcahuano como bien raíz no agrícola, modificando su avalúo para años 2016-2019. La contribuyente sostiene que el terreno siempre fue agrícola y que desde 2015 mejoró sus actividades agrícolas. El SII contesta que el predio provenía de un proyecto inmobiliario aprobado, estaba completamente urbanizado desde 2012, y se encontraba en zona de extensión urbana con construcciones habitacionales.
El tribunal analiza que para clasificar un predio en Serie Agrícola conforme art. 1° letra A) Ley 17.235, debe estar destinado preferentemente a producción agropecuaria o forestal. La prueba documentaria (facturas) no acredita actividades agrícolas en el lote H4 reclamado durante 2015-2021, sino que refieren a otro predio en Andalién. Los testigos reconocen existencia de construcciones y un condominio en construcción en el sitio. El tribunal concluye que el predio ya estaba urbanizado y destinado a conjunto habitacional con todos los permisos, sin que se haya realizado actividad agrícola prefe
Se rechaza en su totalidad la reclamación y se confirman las Resoluciones Exentas A08.2019.00026593, A08.2019.00026594, A08.2019.00026595 y A08.2019.00033594. Se exime de costas por motivos plausibles para litigar.
Concepción, dos de agosto de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 13 y siguientes, comparece don Álvaro Fernández Ferlissi, Rut n.° 10.983.012-7, abogado en representación de AGRÍCOLA BRISA DEL SOL LIMITADA, RUT n.° 76.526.547-9, representada legalmente por don Nicolás Alberto Imschenetzky
Ebenseperger, Rut n.° 12.918.106 -0, ingeniero civil industrial, todos domiciliados en calle San Martín n.° 668, oficina 2-A, comuna de Concepción; quienes de conformidad al artículo 123 y siguientes del Código Tributario , reclaman en contra de las Resoluciones Ex. SII A08.2019.00026593, A08.2019.00026594 y A08.2019.00026595 de fecha 16.08.2019, y la Resolución Ex. n.° A08.2019.00033594 de fecha 18 de octubre de 2019, solicitando se dejen sin efecto, en lo pertinente, por cuanto las tres primeras resoluciones inciden en uno de los elementos que sirven de base para la determinación del referido impuesto; y la última de la resoluciones, por modificar el giro del impuesto correspondiente a las cuotas del segundo semestre del año 2016, ordenando al Servicio de Impuestos Internos catastrar correctamente el bien raíz que se individualiza, dentro de aquellos que se encuentran dentro de la 1° Serie Agrícola.
En cuanto a “Los Hechos”, efectúa una relación de los antecedentes que acreditan el derecho de propiedad sobre el inmueble y su destinación agrícola. Precisa que , las resoluciones reclamadas A08.2019.00026 593, A08.2019.00026594 y A08.2019.00026 595 de fecha 16.08.2019 , habrían incluido erróneamente el predio en la serie no agrícola en circunstancia que el predio es agrícola. En este sentido, sostiene que el artículo 1° de la Ley 17.235 establece como criterio único para la clasificación de los terrenos en una u otra serie el predominio y preferencia de la actividad que se realiza en el predio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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