Paulina Riff Sfeir con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Copiapó |
|---|---|
| Rol | 2-2012 |
| Fecha sentencia | 19 jul 2012 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalContribuyente no acreditó origen de fondos para inversiones en inmueble, vehículos y fondo mutuo ante citación del SII. Corte confirmó sentencia de primera instancia que rechazó prueba presentada fuera de plazo por inactividad de la contribuyente.
Texto de la sentencia
Copiapó, diecinueve de julio de dos mil doce.
Atendido el mérito de la causa, aparece que ante la Citación N° 182300096, agregada a fojas 28 y siguientes, del Servicio de Impuestos Internos, efectuada a doña Paulina Riff Sfeir, en la cual, además de solicitársele acreditar el origen de los fondos con los cuales solventó las inversiones de un inmueble, dos vehículos y un fondo mutuo, y de justificar otros ítemes, se le ordenaba concurrir con diversos documentos, entre ellos, los relativos a inversiones que acrediten origen y disponibilidad de los fondos aplicados a la cobertura de los desembolsos durante los últimos tres años, la contribuyente incurrió en total inactividad para demostrar las materias que le estaban siendo cuestionadas, y habida consideración que la reclamante no alegó y, por consiguiente, menos probó, los motivos de su omisión en cuanto a acompañar tales documentos por causas que no le hayan sido imputables, todo lo que importa, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 inciso undécimo del Código Tributario, que aquellos presentados en esta causa, tanto en primera como en segunda instancia no son admisibles, y visto además los previsto en los artículos 63 y 143 del Código Tributario, SE CONFIRMA la sentencia apelada de seis de febrero de dos mil doce, escrita a fojas 301 y siguientes, sin costas del recurso por haber tenido la reclamante motivo plausible para litigar.
Regístrese y devuélvase con sus custodias.
Cómo resuelve este tribunal
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