Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Puerto Montt · Rol 27-201516 feb 2016

Feria de Osorno S.A con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Puerto Montt
Rol27-2015
Fecha sentencia16 feb 2016
RecursoApelación
ResultadoNO HA LUGAR

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Denegatoria de devolución de impuestos por remuneraciones de directorio imputadas a rentas exentas y ajuste tributario de costo de acciones enajenadas. La Corte confirmó rechazo al considerar que los gastos no se vinculaban a rentas afectas.

Análisis del SII

Conforme a lo dispuesto en el artículo 31 inciso 1° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, sólo son tributariamente admisibles para la determinación del impuesto, aquellos gastos que fueron necesarios para producir rentas afectas, no rentas exentas.

Texto de la sentencia

PUERTO MONTT, dieciséis de febrero de dos mil dieciséis

PRIMERO: Que en la presente causa se ha dictado sentencia definitiva que rechaza la reclamación de Feria Osorno S.A., confirmando la resolución exenta número 1805 del 24 de abril de 2014, emitida por el Servicio de Impuestos Internos.

SEGUNDO: Que, a fojas 132 Feria Osorno S.A. apeló dicho fallo, solicitando revocar la sentencia de primera instancia y dejar firme el resultado tributario declarado por la contribuyente en su declaración de impuesto la renta del año tributario 2013, accediendo a la devolución de impuestos solicitada.

TERCERO: Que, realizada la vista de la causa, y de los antecedentes del proceso, la cuenta del Sr. Relator y de las alegaciones de las partes, esta Corte ha llegado al convencimiento, en relación a los puntos a probar, y particularmente en cuanto a las rentas del directorio, que es correcto el razonamiento de la sentencia en cuanto a que sólo son admisibles como gastos desde el punto de que tributario aquellos gastos que han sido necesarios para producir rentas afectas, y no rentas exentas, como sucede con el 89.3% de las rentas de la actora. En cuanto al ajuste por concepto de diferencia entre costo financiero y tributario de las acciones enajenadas por la contribuyente la opinión de estos sentenciadores es que la interpretación del artículo 41 N° 13 de la ley de renta es la adecuada, por la que haremos nuestros los argumentos entregados por el sentenciador de primer grado.

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos, 16, 17, 18, 21, 69, 124, 132 y demás pertinentes del Código Tributario; art. 14 letra A) N°1 letra c), 31 inc. 1, 31 N°6, 33 N°1letra e) 41 N°1, 2, 8 y 13 del D.L. 824 de 1974; art. 424 y siguientes del Código de Comercio; art. 144 y 170 del Código de Procedimiento Civil y demás normas pertinentes, se declara:

1. Que, se confirma la sentencia apelada de veintisiete de agosto de dos mil quince.

2. Que, no se condena en costas a Feria de Osorno por haber tenido motivo plausible para litigar.

Redacción del Ministro Titular don Jorge Ebensperger Brito.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

ARTÍCULOS 31 INCISO 1° Y 41 N° 13 INCISO 4° DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en apelación: la proporción medida sobre los 25 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

No Ha LugarRol 10-2024Corte de Apelaciones de Valparaíso29 oct 2025

Textiles Zahr S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Rechazo de gastos por Textiles Zahr S.A. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia del tribunal tributario que acogió el reclamo del SII respecto al rechazo de gastos no deducibles conforme a los artículos 21, 31 y 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Apelación
Ha LugarRol 32-2015Corte de Apelaciones de Puerto Montt23 mar 2016

Empresa Electrica de la Frontera S.A con Servicio de Impuestos Internos

Devolución de PPUA por pérdida tributaria derivada de fusión empresarial. La Corte confirmó que la contribuyente acreditó correctamente las operaciones, la pérdida y compensaciones de energía eléctrica necesarias para la deducción.

Apelación
No Ha LugarRol 5392-2018Corte Suprema15 jun 2020

Suez Energy Andino S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Suez Energy Andino cuestionó la disminución de pérdida tributaria ordenada por el SII respecto de retiros en sociedad limitada. La Corte Suprema rechazó la casación, confirmando que la pérdida no constituye gasto necesario para producir renta por insuficiencia probatoria de su necesariedad.

Casación
Ha Lugar en ParteRol 29903-2017Corte Suprema26 mar 2019

Quad Graphics Chile Holding Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Pago provisional por utilidades absorbidas: la Corte Suprema resolvió recurso de casación del SII contra sentencia que acogió parcialmente devolución de $21.755.733, otorgando $18.477.280 a contribuyente con pérdida tributaria declarada.

Casación
No Ha LugarRol 21872-17Corte Suprema12 mar 2019

Sociedad de transportes Cormar II Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Transportista bajo régimen de renta presunta vendió vehículos generando ingresos no declarados. SII liquidó diferencias de impuesto por años 2013-2015. Corte Suprema rechazó casación que cuestionaba tratamiento tributario de depreciaciones en venta de activos.

Casación
No Ha LugarRol 3972-2017Corte Suprema12 feb 2019

Pinturas Tricolor S.A con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechazó casación de contribuyente que cuestionaba rechazo de pérdida tributaria por PPUA. Controversia sobre si ajustes por corrección monetaria e impuesto diferido constituían gastos necesarios o depuración de renta líquida imponible conforme artículos 29, 31, 32 y 41 de la LIR.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y resultado, en las más de 1.700 sentencias de tribunales superiores de la base.

Conoce Pro