Quad Graphics Chile Holding Limitada con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 29903-2017 |
| Fecha sentencia | 26 mar 2019 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | HA LUGAR EN PARTE |
| Resuelve a favor de | Ambos, en parte |
| Ministros | Lamberto Cisternas Rocha (redactor) · Jorge Dahm Oyarzún · Hugo Dolmestch Urra · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Manuel Valderrama Rebolledo |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalPago provisional por utilidades absorbidas: la Corte Suprema resolvió recurso de casación del SII contra sentencia que acogió parcialmente devolución de $21.755.733, otorgando $18.477.280 a contribuyente con pérdida tributaria declarada.
Texto de la sentencia
Santiago, veintiséis de marzo de dos mil diecinueve.
En los autos Rol N° 29903-17 de esta Corte Suprema sobre procedimiento de reclamación tributaria, el abogado señor Sergio Zambrano González, a fojas 209, por el Servicio de Impuestos Internos, deduce recurso de casación en el fondo, contra la sentencia dictada el diecisiete de abril de dos mil diecisiete, por la Corte de Apelaciones de Santiago, escrita a fojas 207, que confirmó la de primera instancia pronunciada por el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, de fecha 08 de noviembre del 2016, que acogió parcialmente el reclamo tributario deducido por la contribuyente QUAD GRAPHICS CHILE HOLDING LIMITADA, en contra de la Resolución Exenta N°314000000007, de fecha 22 de noviembre de 2013, emitida por la XIV Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio Impuestos Internos, que rechaza la devolución solicitada de $21.755.733.- por concepto de Pago Provisionales por Utilidades Absorbidas, otorgándola por el monto de $18.477.280.-
A fs. 229 se trajeron los autos en relación
Primero: Que en el escrito de casación aludido se denuncian dos vulneraciones de derecho, la inicial proclama la errónea aplicación de los artículos 31 N°3 inciso 2 ° y 14 letra a ) N°3 , de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en concordancia con el artículo 21 del Código Tributario, al haber accedido parcialmente a la devolución solicitada, no obstante, que el contribuyente no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria declarada ni el origen, procedencia y naturaleza del crédito por concepto de Impuesto de Primera Categoría, lo que impide determinar la procedencia de la devolución impetrada a título de pago provisional del Impuesto a la Renta de Primera Categoría.
Como segundo acápite del recurso de casación deducido, esgrimió la vulneración de los artículos 31 inciso primero y tercero en relación con el número 3 del mismo artículo y cuerpo normativo, por no haber acreditado el carácter de "necesario" que debe tener el gasto para poder ser rebajado de la Renta Líquida Imponible del ejercicio en cuestión.
Señala que, de no haberse incurrido en estos errores de derecho, la reclamación habría sido rechazada en todas sus partes, por lo que solicita se invalide la decisión recurrida y se dicte otra de reemplazo que revoque la apelada, rechace el reclamo y mantenga la Resolución Exenta N°314000000007, de fecha 22 de noviembre de 2013, emitida por la XIV Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio Impuestos Internos, que rechazó la devolución solicitada por el contribuyente.
Segundo: Que a fin de resolver acerca de las infracciones denunciadas en el libelo, es necesario consignar que los jueces del fondo dieron por establecidos los siguientes hechos:
1.-La sociedad QUAD GRAPHICS CHILE HOLDING LIMITADA, es contribuyente del Impuesto a la Renta de Primera Categoría que tributa en base a renta efectiva según contabilidad completa. Su giro corresponde al de sociedad de inversión y rentista de capitales mobiliarios en general.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Pago Provisional por Utilidades Absorbidas - Gasto Necesario - Corrección Monetaria
Cómo resuelve este tribunal
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