Petrochil S.A. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de San Miguel |
|---|---|
| Rol | 2-2014 |
| Fecha sentencia | 17 jun 2014 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Fallada/confirmada-aprobada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalPetrochil S.A. apela reclamación tributaria rechazada por el Tribunal Tributario respecto a resolución del SII sobre devolución de partidas. Corte confirma el rechazo por falta de acreditación de las partidas cuya devolución se solicitaba.
Texto de la sentencia
San Miguel, diecisiete de junio de dos mil catorce.
Que del mérito de los antecedentes, lo expuesto por el recurrente en su alegato, de lo cual no se puede apreciar la ilegalidad denunciada por la recurrente respecto de la resolución Nº 116401000009 del Servicio de Impuestos Internos, como asimismo, que de las probanzas rendidas en autos, tampoco se ha logrado acreditar la existencia de las partidas cuya devolución se solicita.
Y visto además, lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, SE CONFIRMA la sentencia apelada dictada con fecha cuatro de marzo en curso por la señora Juez del 3° Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que rechazó la reclamación interpuesta por Petrochil S.A.
Pronunciado por la Segunda Sala integrada por la Ministro señora María Soledad Espina Otero, Ministro Interina señora María Leonor Fernández Lecanda y el Abogado Integrante señor Diego Munita Luco.
En San Miguel, a diecisiete de junio de dos mil catorce, notifiqué por el Estado Diario la resolución precedente.
Cómo resuelve este tribunal
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