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HA LUGARCorte de Apelaciones de San Miguel · Rol 33-20144 sep 2014

Cemco Kosangas S.A. con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de San Miguel
Rol33-2014
Fecha sentencia4 sep 2014
RecursoApelación
ResultadoHA LUGAR Acogida

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se acogió la apelación del contribuyente contra la sentencia interlocutoria de prueba, permitiendo que aporte nuevos antecedentes sobre la observación A08 referida a ingresos no declarados en el año tributario 2013 y su incidencia en la devolución de saldo a favor.

Texto de la sentencia

Certifico que se anunció y alegó confirmando la abogado doña Vicky Pérez. San Miguel, 04 de Septiembre de 2014.

San Miguel, cuatro de septiembre de dos mil catorce.

El mérito de los antecedentes y considerando especialmente que si bien el Servicio de Impuestos Internos tuvo los antecedentes probatorios necesarios para emitir la resolución reclamada en la forma que lo hizo, ello no obsta a que el contribuyente pueda aportar nuevos antecedentes en orden a justificar su reclamación, y en consecuencia, se acoge el recurso de apelación interpuesto a fojas 377 en contra de la sentencia interlocutoria de prueba de fecha diecisiete de junio del año en curso, escrita a fojas 371, en el sentido que se reemplaza el segundo punto de prueba previamente establecido en dicha resolución, por el siguiente:

“2) Efectividad de que las observaciones formuladas, en particular aquella denominada: A08, la cual señala que según los antecedentes con que cuenta el Servicio de Impuestos Internos, los ingresos obtenidos durante el (año comercial 2012 y tributario 2013), declarados en el Formulario 22, recuadro N°2, códigos 628, 851, 629 o 651, no estarían totalmente declarados, y forma en que dichas observaciones inciden en la renta líquida imponible y en la procedencia de la devolución del saldo a favor por concepto de pagos provisionales y créditos por gastos de capacitación o Sence, pedida en la declaración de impuesto a la renta (Formulario 22) del año tributario 2013”.

Pronunciado por la Ministra señora María Teresa Letelier Ramírez, Fiscal Judicial señora Cecilia Venegas Vásquez y Abogado Integrante señor Manuel Hazbún Comandari.

San Miguel, cuatro de septiembre de dos mil catorce, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel en apelación: la proporción medida sobre los 70 recursos de esta base.Conoce Pro

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