Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

REVOCADACorte de Apelaciones de Santiago · Rol 158-201621 oct 2016

Mora Dominguez Maria Loreto con Servicio de Impuestos Internos Santiago Oriente

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol158-2016
Fecha sentencia21 oct 2016
RecursoApelación
ResultadoREVOCADA

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte revoca sanción por infracción al artículo 97 Nº 15 del Código Tributario, estimando que la contribuyente ejerció legítimamente su derecho a guardar silencio al ser imputada en investigación penal por los mismos hechos.

Hechos

María Loreto Mora Domínguez fue sancionada por el SII por incumplimiento a requerimiento de 30/10/2015 que le ordenaba comparecer el 17/11/2015, aportar antecedentes sobre boletas de honorarios y prestar declaración jurada. Compareciendo en la fecha, la contribuyente se negó a declarar argumentando su calidad de imputada en causa penal RUC 1500687796-3 por facilitación de boletas ideológicamente falsas desde abril 2015. El Tribunal Tributario rechazó el reclamo confirmando la sanción. La Corte de Apelaciones, en segunda instancia, revoca la sentencia.

Considerandos clave

La Corte constata que a la fecha del requerimiento del 17/11/2015, la contribuyente ostentaba la calidad de imputada en investigación penal por los mismos hechos y documentos cuya información requería el SII administrativamente. Estima que obligarla a declarar bajo juramento en sede administrativa sobre hechos comprendidos en la investigación fiscal vulneraría su derecho a guardar silencio consagrado constitucional y legalmente. El derecho a guardar silencio en sede administrativa se vincula con el ejercicio potencial de acción penal y se considera ejercicio legítimo de un derecho del contribuyente. La eventual suspensión condicional del procedimiento penal posterior no altera la existencia de justificación legítima para guardar silencio el 17/11/2015. No se aprecia antijuridicidad en la conducta.

Resolutivo

Se revoca la sentencia de primera instancia de 5/4/2016, se deja sin efecto la notificación Nº 1035667 de 17/11/2015 y la multa impuesta, quedando absuela de infracción al artículo 97 Nº 15 del Código Tributario.

Texto de la sentencia

Santiago, veintiuno de octubre de dos mil dieciséis.

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos tercero, cuarto y desde el sexto al duodécimo, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y además presente:

1º) Que se dispuso por esta Corte a fojas 142 la vista de esta causa y en forma posterior la del ingreso rol 200-2016 por razones de economía procesal y a fin de evitar decisiones contradictorias.

2º) Que la parte reclamante dedujo apelación en contra de la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo deducido y confirmó la sanción impuesta a doña María Loreto Mora Domínguez por infracción a lo dispuesto en el artículo 97 Nº 15 del Código Tributario.

3º) Que los hechos que configuran la infracción según puede leerse a fojas 2 es: “Incumplimiento a requerimiento mediante notificación 828471 del 30/10/2015 para el día 17/11/2015 toda vez que estando obligada a atestiguar bajo juramento (art 34 del Cod.Trib) no aporta antecedentes sobre las piezas contenidas en su Declaración de Impuestos AT 2013 y 2014”.

4º) Que a su vez, la Notificación 828471 de 30 de octubre de 2015, agregada a fojas 3 dirigida a la reclamante, le requiere comparecer personalmente el día 17 de noviembre del mismo año, se indica el lugar y presentar los antecedentes que se detallan en relación a las boletas números 6, 7 y 8 emitidas por la contribuyente a la Sociedad Química y Minera de Chile; el detalle de todas las boletas de honorarios emitidas por la reclamante durante los años comerciales 2012, 2013 y demostrar su correcta tributación en el año tributario correspondiente y; prestar declaración jurada según los artículos 34, 35, 59 y 60 del Código Tributario bajo apercibimiento legal, este último de acuerdo con el artículo 93 y siguientes del mismo cuerpo legal. Se hizo presente que el incumplimiento a lo solicitado será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el Código Tributario.

5º) Que es un hecho de la causa y se corrobora con el documento de fojas 63 que la reclamante María Loreto Mora Domínguez concurrió el día 17 de noviembre de 2015 ante el Servicio de Impuestos Internos, conforme a la citación que le fuere practicada y ante la solicitud de aportar antecedentes y prestar declaración jurada respecto de las tres boletas de honorarios que se detallan emitidas a Sociedad Química y Minera de Chile, señaló que no iba a prestar declaración jurada ya que en la causa RUC 1500687796-3 tenía la calidad de imputada y en la que ejerció su derecho a guardar silencio en virtud de las normas que allí se detallan.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en apelación: la proporción medida sobre los 1.067 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

RevocadaRol 200-2016Corte de Apelaciones de Santiago21 oct 2016

Arias Wall Ruisa con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Norte

Revoca sentencia de primera instancia y deja sin efecto la sanción por incumplimiento de declaración jurada, acogiendo que la contribuyente ejerció legítimamente su derecho a guardar silencio al tener calidad de imputada en proceso penal por los mismos hechos.

Apelación
ConfirmadaRol 238-2016Corte de Apelaciones de Santiago21 oct 2016

Promotora Camino a Canaan S a con Servicio de Impuestos Internos

Corte confirma sentencia de primera instancia que reconoce crédito fiscal IVA de $273.412.339 a contribuyente, rechazando apelaciones tanto del SII como de la reclamante por insuficiencia de argumentos.

Apelación
ConfirmadaRol 244-2016Corte de Apelaciones de Santiago21 oct 2016

Metlife Chile Seguros de Vida S a con Servicio de Impuestos Internos

Corte de Apelaciones confirma sentencia de primera instancia que rechazó devolución de impuestos a MetLife, sosteniendo que liquidaciones reclamadas no suspenden efectos de devolución, solo el giro de tributos.

Apelación
ConfirmadaRol 249-2016Corte de Apelaciones de Santiago21 oct 2016

Moreira Barros Ivan Alejandro con Servicio de Impuestos Internos

Corte de Apelaciones confirma sentencia en alzada que rechaza apelación de Moreira Barros contra SII, desestimando alegaciones sobre incompetencia del tribunal e improcedencia del procedimiento de vulneración de derechos.

Apelación
ConfirmadaRol 267-2016Corte de Apelaciones de Santiago21 oct 2016

Servicio de Impuestos Internos con Villanueva Oyarzun Rolando

Revoca sentencia de primera instancia y condena a contribuyente por infracción tributaria en grado de frustrado al solicitar devolución indebida de impuestos, aplicando multa del 10% de UTA por conducta dolosa no consumada.

Apelación