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HA LUGARCorte de Apelaciones de Santiago · Rol : 23-201911 mar 2020

Sociedad de Inversiones San Felipe Limitada con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol: 23-2019
Fecha sentencia11 mar 2020
RUC14-9-0002088-1
RecursoApelación
ResultadoHA LUGAR
Resuelve a favor deContribuyente

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Prescripción por plazo razonable en reclamo tributario sobre diferencias de Impuesto de Primera Categoría. Transcurrieron más de 15 años desde la interposición del reclamo hasta sentencia, vulnerando el debido proceso según CADH artículo 8.1.

Análisis del SII

La Corte de Apelación de Santiago acogió un recurso de apelación interpuesto por la contribuyente en contra de la sentencia pronunciada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que no dio lugar al reclamo interpuesto en contra de una Liquidación que determinó diferencias de Impuesto de Primera Categoría por concepto de pago provisional por utilidades absorbidas. La contribuyente en primer lugar indicó que el Servicio al emitir la Liquidación impugnada se había basado en una venta de acciones efectuada hace 20 años. Así, en su recurso opuso la excepción de prescripción, fundada en lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, al sostener que tomando en consideración el lapso de tiempo transcurrido desde la fecha de interposición del reclamo, consideraba que se había vulnerado el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, como garantía fundamental del debido proceso. Por su parte, la Corte al analizar la procedencia de acoger la excepción de prescripción dejó asentado que entre la interposición del reclamo y la dictación de la sentencia de primera instancia habían transcurrido más de 15 años. Además, indicó respecto al derecho invocado como fundamente de la alegación de prescripción, que el citador artículo de la Convención Americana de Derechos Humanos, consagraba las garantías judiciales e incorporaba como tal al “debido proceso”, en el Derecho Internacional. La Corte de Apelación de Santiago acogió un recurso de apelación interpuesto por la contribuyente en contra de la sentencia pronunciada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que no dio lugar al reclamo interpuesto en contra de una Liquidación que determinó diferencias de Impuesto de Primera Categoría por concepto de pago provisional por utilidades absorbidas. La contribuyente en primer lugar indicó que el Servicio al emitir la Liquidación impugnada se había basado en una venta de acciones efectuada hace 20 años. Así, en su recurso opuso la excepción de prescripción, fundada en lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, al sostener que tomando en consideración el lapso de tiempo transcurrido desde la fecha de interposición del reclamo, consideraba que se había vulnerado el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, como garantía fundamental del debido proceso. Por su parte, la Corte al analizar la procedencia de acoger la excepción de prescripción dejó asentado que entre la interposición del reclamo y la dictación de la sentencia de primera instancia habían transcurrido más de 15 años. Además, indicó respecto al derecho invocado como fundamente de la alegación de prescripción, que el citador artículo de la Convención Americana de Derechos Humanos, consagraba las garantías judiciales e incorporaba como tal al “debido proceso”, en el Derecho Internacional.

Texto de la sentencia

CERTIFICO: Que, se anunciaron, escucharon relación y alegaron, por el recurso, la abogado doña Daniela Verdugo Pulgar; y contra el mismo, la abogado del SII doña Nancy Monreal Araya, ambas por 15 minutos. Santiago, 11 de marzo de 2020.

Santiago, once de marzo de dos mil veinte.

Proveyendo a fojas 426 y 428: Téngase presente.

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus motivos Décimo Primero (sic) al Décimo Noveno, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar, y además, presente:

En cuanto a la excepción de prescripción opuesta en primera instancia, fundada en la infracción a ser juzgada dentro de un plazo razonable.

Primero: Que, el contribuyente opuso la excepción de prescripción, fundada en la aplicación del artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, determinadamente, el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable como garantía fundamental del “debido proceso”.

Segundo: Que, como primera cuestión, conviene precisar que el Juez ha de fallar conforme al mérito del proceso, tal como lo exige perentoriamente el artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable por la disposición de reenvío contenida en el artículo 148 del Código Tributario, las que reconocen explícitamente el principio de congruencia procesal y la de competencia específica.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

Prescripción – Derechos Fundamentales – Debido Proceso – Artículo 200 del Código Tributario – Artículo 5° de la Constitución Política de la República –- Artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos

La misma causa en primera instancia

Cómo resuelve este tribunal

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