Comercial Mas Luz LTDA con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 3911-2013 |
| Fecha sentencia | 10 dic 2013 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA Fallada/revocada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe discutía si una multa impuesta por el SII por infracción tributaria (artículo 97 N°4 del Código Tributario) era válida, considerando argumentos sobre decaimiento del procedimiento, delegación de facultades y acreditación de maniobra maliciosa. La Corte revocó la condena y acogió el reclamo del contribuyente.
Texto de la sentencia
Santiago, diez de diciembre de dos mil trece.
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los motivos signados como 13, 14, 15, 16, 17, 18,19 y 20, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y además, presente:
1°: Que en primer lugar, el representante de la contribuyente pide la revocación del fallo de primer grado por cuanto en su concepto ha operado en la especie el decaimiento del procedimiento administrativo sancionatorio, debiendo declararse en consecuencia extinguida el acta de denuncia y la multa impuesta en su virtud.
En subsidio, solicita se declare que la referida Acta adolece de nulidad de derecho público por cuanto no se notificó en el Diario Oficial la Resolución mediante la cual se habría delegado en el señor Director Regional del Servicio de Impuestos Internos la facultad de decidir sobre la materia, vulnerándose así con su dictación los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República, 45 de la Ley 18.575 y 15 del Código Tributario.
También como motivo de su apelación, arguye que el recurso debe ser acogido por cuanto la sentencia que reclama le impone una multa sin que se encuentre determinada la base sobre la cual se debe aplicar.
Por último, insiste en la revocación de la sentencia dictada en autos y el acogimiento de su reclamo por cuanto en su concepto, no se encuentran acreditadas las infracciones previstas en el artículo 97, N°4, inciso 2°, del Código Tributario, desde que el Servicio, como le correspondía, no ha acreditado la existencia de ninguna maniobra maliciosa que implique aumentar el verdadero monto de los créditos o imputaciones que tiene derecho a hacer valer en relación con las cantidades que debe pagar.
2°: Que en relación al instituto denominado “decaimiento del acto administrativo o del procedimiento”, definido como “la extinción del acto o procedimiento, por causa sobreviviente de hecho o de derecho que afecta su contenido jurídico tornándolo inútil o abiertamente ilegítimo” (Corte Suprema, Rol 4950-2010); su declaración el apelante la funda en que en el presente caso estamos frente a un “procedimiento administrativo” y que al Servicio de Impuestos Internos, como órgano de la Administración del Estado se le aplican los preceptos contenidos en la Leyes números 19.880 y 18.575.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago
SOC. Comercial Santa Lucia LTDA con Servicio de Impuestos Internos
La Corte confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la reclamación tributaria de la sociedad y sus socios contra liquidaciones del SII por gastos rechazados e Impuesto Global Complementario. Además, excluyó del cálculo de intereses moratorios el período entre la presentación del reclamo y su tramitación definitiva.
Constructora Coloso S a con Servicio de Impuestos Internos
Constructora Coloso S.A. recurre en apelación contra sentencia que le ordena pagar intereses moratorios por atraso tributario. La Corte confirma la sentencia pero exonera de intereses el período comprendido entre el reclamo válido (18 julio 2005) y la sentencia definitiva (29 octubre 2009), por demoras injustificadas del SII.
Trident Chile SPA con Servicio de Impuestos Internos
Apelación sobre condena en costas en litigio entre Trident Chile y el SII. La Corte revocó la condena al SII en costas por considerar que tuvo motivo plausible para litigar, confirmando lo demás de la sentencia.
Elorriaga Achandiano Jose con Servicio de Impuestos Internos
Se rechazó la alegación de prescripción del reclamo tributario y se confirmó que los intereses moratorios no se devengaron durante el período en que el proceso fue tramitado ante un tribunal no establecido por ley, por ser un atraso imputable al Estado.
Aducom S a con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Santiago Centro
Revoca sentencia de primer grado y confirma el Acta Denuncia por infracción al artículo 97 Nº 4 del Código Tributario por declaraciones maliciosamente incompletas de IVA, imponiendo sanción del 50% de tributos eludidos por $163.071.899.
Consorcio Financiero con Servicio de Impuestos Internos
Se discutió si la diferencia de $3.800 millones por variación del tipo de cambio en la compraventa de acciones extranjeras constituía renta tributable o costo tributario. La Corte confirmó que debe gravarse como renta en el Impuesto a la Renta de Primera Categoría.