Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

HA LUGARCorte de Apelaciones de Santiago · Rol 502-20242 sep 2025

Exigencia de papel para compulsas en procedimiento electrónico tributario

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol502-2024
Fecha sentencia2 sep 2025
RecursoQueja
ResultadoHA LUGAR Acogida

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Acogida el recurso de hecho: se declara admisible la apelación rechazada por no acompañar papel para compulsas, por ser exigencia impropia en procedimiento electrónico.

Hechos

Actual 9 S.A. presentó reclamo ante Tribunal Tributario el 1 de julio de 2024. El SII solicitó inadmisibilidad por artículo 124 del Código Tributario, acogido el 13 de septiembre de 2024. El contribuyente interpuso reposición con apelación subsidiaria el 9 de octubre, rechazada el 7 de noviembre. En la apelación subsidiaria, el tribunal ordenó acompañar papel oficio para compulsas bajo apercibimiento. Por inactividad, el 2 de diciembre de 2024 el tribunal desistió la apelación ejecutando el apercibimiento. Contra esto, el contribuyente dedujo recurso de hecho ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Considerandos clave

El tribunal rechaza la exigencia de papel para compulsas en procedimiento electrónico. Aunque el tribunal a quo alegó diferencia entre tramitación electrónica del Código de Procedimiento Civil y sistema SACTA de tribunales tributarios, la Corte estima irrelevante tal distinción: siendo ambas instancias electrónicas, la remisión de antecedentes debe operar por vía digital sin requerer soporte papel. La exigencia genera una carga procesal impropia que deniega el recurso ya concedido por un obstáculo artificialmente impuesto. El tribunal a quo debió tramitar la apelación electrónicamente sin mayor obstáculo. La diferencia de plataformas digitales no justifica revertir al papel cuando el fin es transmitir información ya en formato digital.

Resolutivo

Se acoge el recurso de hecho y se declara admisible la apelación que había sido desistida el 2 de diciembre de 2024. Se ordena al tribunal a quo remitir antecedentes por vía electrónica correspondiente para que la Corte conozca la apelación contra la resolución de inadmisibilidad del 13 de septiembre.

Texto de la sentencia

Santiago, dos de septiembre de dos mil veinticinco.

Primero: Que comparece el abogado Enrique Guzmán Blanco, en representación de Actual 9 S.A., en autos RIT GR-17-00144-2024, seguidos ante el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero, caratulado “Actual IX S.A. con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Santiago Oriente, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 2 de diciembre de 2024, por medio de la cual no fue concedida la apelación interpuesta por su parte contra la resolución de 13 de septiembre del mismo año que resolvió la inadmisibilidad de su recurso, y que tuvo por desistido un recurso de apelación subsidiario por no dejar papel suficiente en tamaño oficio para la confección de las compulsas, de acuerdo y bajo el apercibimiento del artículo 197 del Código de Procedimiento Civil.

Argumenta al respecto que la norma de remisión contenida en el artículo 148 del cuerpo normativo antes citado no es absoluta, sino que aplica sólo en aquellos casos en que dicha remisión sea compatible con la naturaleza de la reclamación, además que la declaración de desistimiento transgrede el principio de la buena fe procesal que debe ser observado por el tribunal.

Previa referencia a la teoría de los actos propios y citar causas en que no se requirió acompañar el papel antedicho, afirma que dicha exigencia no resulta compatible con un procedimiento cuyo soporte es electrónico, enfatizando en el carácter innecesario y arbitrario de la carga procesal de acompañar las hojas pedidas, configurándose, según afirma, un abuso procesal.

Luego de citar los antecedentes de derecho en que funda su pretensión, solicita se acoja la acción interpuesta, y en consecuencia se declare que se concede la apelación individualizada.

Segundo: Que al informar el Juez (s) Álvaro Gómez Fuentes, señala que la causa en comento tiene su origen el reclamo presentado por el contribuyente el 1 de julio de 2024, el que se proveyó derechamente el 22 de agosto del mismo año, confiriéndose traslado al Servicio de Impuestos

Indica que el día 28 de agosto de 2024 el Servicio recurrido repone la resolución antedicha, solicitando la declaración de inadmisibilidad del reclamo, toda vez que a su juicio, este no es reclamable, de acuerdo a lo que dispone el artículo 124 del Código Tributario, siendo este recurso finalmente acogido, resolviendo el tribunal el 13 de septiembre del mismo año, hacer lugar a la declaración de inadmisibilidad.

Contra dicho pronunciamiento, el 9 de octubre de 2024, la parte reclamante deduce recurso de reposición con apelación en subsidio, solicitando su enmienda a fin de proseguir con la tramitación respectiva, el que fue resuelto el día 7 de noviembre, manteniendo la improcedencia del reclamo.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en queja: la proporción medida sobre los 30 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

ConfirmadaRol 296-2025Corte de Apelaciones de Santiago29 ago 2025

Rechazo de incidente de abandono en procedimiento de cobro tributario

La Corte confirma el rechazo del incidente de abandono del procedimiento de cobro tributario, estableciendo que el Tesorero ejerce jurisdicción y son aplicables las normas de procedimiento civil, pero constata que no ha transcurrido el plazo de inactividad requerido.

Apelación
ConfirmadaRol 457-2024Corte de Apelaciones de Santiago29 ago 2025

Tnt Express Chile Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Grandes Contribuyentes

La Corte de Apelaciones revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y acoge el reclamo respecto de las deducciones por goodwill tributario (Referencias 1 y 2) en AT 2013, validando su existencia y tratamiento tributario conforme a sentencias previas de esta Corte que dejaron sin efecto las liquidaciones que sirvieron de sustento al rechazo.

Apelación
ConfirmadaRol 236-2025Corte de Apelaciones de Santiago8 sep 2025

Estudio Carey Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente

Se confirma sentencia que dejó sin efecto la Liquidación Nro. NUM001 de 2020 del SII, por haberse basado únicamente en la presunción de legalidad de una liquidación anterior ya anulada en causa firme, sin realizar impugnación específica del resultado tributario del AT 2016.

Apelación
ConfirmadaRol 98-2025Corte de Apelaciones de Santiago26 ago 2025

Devolución de pago provisional de utilidades absorbidas año 2016

Revoca parcialmente sentencia de primera instancia y ordena devolución de $8.858.035.350 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas 2016, corrigiendo contradicción lógica entre lo probado y lo resuelto.

Apelación
RevocadaRol 105-2025Corte de Apelaciones de Santiago25 ago 2025

Diferencias de IGC por egresos bancarios calificados como retiros

Revoca sentencia de primer grado que acogió parcialmente el reclamo del contribuyente contra liquidación de IGC. La Corte rechaza íntegramente el reclamo por insuficiencia probatoria para desvirtuar la presunción de legalidad del acto administrativo del SII.

Apelación
ConfirmadaRol 192-2025Corte de Apelaciones de Santiago25 ago 2025

Ekono Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Corte de Apelaciones confirma parcialmente reclamación de Ekono contra el SII: acoge capitalización de cuentas por cobrar y rechaza multa por retardo; revoca sentencia anterior y acoge también deducción de castigos por gastos en mora conforme a NIIF 9.

Apelación