Grau Moral Ana Maria con Servicio de Impuestos Internos Santiago Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 64-2016 |
| Fecha sentencia | 30 mar 2016 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe revocó parcialmente la resolución de primera instancia respecto a la alegación de litis pendencia, incorporando un punto de prueba sobre retiros desde Inmobiliaria Aiguafreda que serían materia de litigio tributario ante el SII.
Texto de la sentencia
Santiago, treinta de marzo de dos mil dieciséis.
Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 148 del Código Tributario, modificado por la Ley 20.322, se revoca, en lo apelado, la resolución de cuatro de febrero de dos mil dieciséis, escrita a fojas 63 de estas compulsas, sólo en cuanto a la alegación de litis pendencia y en consecuencia se incorpora un 4° punto de prueba, que es del siguiente tenor:
4.- “Hechos y circunstancias que fundamentan la litis pendencia, especialmente si los retiros desde Inmobiliaria Aiguafreda, ROL único Tributario 7.027.059-8 del año comercial 2008 por $1.343.000.000 están siendo actualmente materia de un litigio tributario en el Servicio de Impuestos Internos”.
Pronunciada por la Undécima Sala, conformada por el Ministro señor Hernán Crisosto Greisse, por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por el Ministro (S) señor Jorge Luis Norambuena Carrillo. Autorizada por el Ministro de Fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de marzo de dos mil dieciséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Cómo resuelve este tribunal
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