Perez con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 007-2023 |
| Fecha sentencia | 8 may 2023 |
| RUC | 17-9-1111111-1 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | HA LUGAR |
| Resuelve a favor de | Contribuyente |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe discutió la devolución de remanente de crédito fiscal. La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió el recurso de apelación interpuesto en la materia.
Texto de la sentencia
Santiago, ocho de mayo de dos mil veintitrés.
Primero: Que, con fecha 4 de enero de 2023 comparece María Elena
Orellana Salinas, Directora Regional Metropolitana de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, JUNJI, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 20.529 deduce recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta PA N° NUM000 de fecha 15 de Diciembre de 2022 de la Superintendencia de Educación, que rechazó el recurso jerárquico interpuesto por la reclamante en contra de la Resolución Exenta N°
NUM001 de 14 de septiembre de 2022, y que acogió parcialmente la reclamación deducida por JUNJI confirmando todos los cargos formulados y la multa impuesta al Jardín Infantil Libro Mágico, Código S.I.E Nº 1116439, de la comuna de Pudahuel, a beneficio fiscal, pero rebajando la señalada multa de 30 a 15 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 73 de la letra b) de la Ley Nº 20.529.
Pide que se anule la Resolución recurrida y, consecuencialmente, el respectivo procedimiento, por haber sido dictado el acto reclamado aplicando una normativa distinta a la que regula a su representada; en subsidio, pide que se decrete la nulidad de la resolución por haber sido dictada en contravención del principio de tipicidad y el principio constitucional de legalidad, con costas, o en su defecto, que se rebaje la sanción.
Sostiene que la autoridad recurrida ha sancionado al jardín antes mencionado en contravención a los principios de legalidad y tipicidad administrativa, entre otros, al exigir en su fiscalización más de lo que la norma en sí regula, por lo que no se ha dado cumplimiento a los principios que rigen la potestad sancionadora del Estado.
Explica que desde el año 2017, la fiscalización sobre los jardines infantiles, públicos y privados le corresponde a la Superintendencia de Educación, por lo que en tal contexto a través del “Programa de Fiscalización a Reglamento Interno” se fiscalizó al Jardín Infantil JUNJI “Libro Mágico” de la comuna de Pudahuel, según consta del Acta de Fiscalización Nº NUM002 de fecha 7 de marzo de 2022; luego, mediante la Resolución Exenta NºNUM003 de fecha 30 de junio de 2022, se ordenó instruir un Proceso Administrativo Sancionatorio (PAS). Así las cosas, a través de la Resolución Exenta NºNUM004 de 13 de julio de 2022 se formularon cargos en su contra.
Añade que, una vez realizados por JUNJI los respectivos descargos, con fecha 3 de agosto de 2022, mediante Oficio NUM005, les fue notificada por correo electrónico la Resolución Exenta N° NUM006 de fecha 17 de agosto de 2022, que los sancionó.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Devolución de impuestos- remanente de crédito fiscal
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Intertek Caleb Brett Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Plazo para solicitar devolución de PPUA: la Corte acogiéndola apelación estimó que el término de tres años del artículo 126 del Código Tributario debe contarse desde la aceptación de la declaración rectificatoria (2020), no desde la declaración primitiva (2017), pues solo entonces quedó definido el derecho a devolución.
Mackenna Echaurren con Servicio de Impuestos Internos
Se rechazó apelación de contribuyente sobre denegación de devolución de Impuesto a la Herencia. La controversia versó sobre el cómputo del plazo de prescripción de tres años del artículo 126 del Código Tributario para solicitar devolución: si debe contarse desde el pago del impuesto o desde un acto sobreviniente (sentencia de Corte Suprema que confirmó transmisibilidad de multa hereditaria).
Áridos Temuco SpA con Servicio de Impuestos Internos
Admisibilidad de reclamo contra resolución que rechazó solicitud de revisión de actos de fiscalización. La Corte acogió la apelación del contribuyente, estimando que la resolución del Director Regional era reclamable conforme al artículo 124 del Código Tributario, revocando la declaración de inadmisibilidad del Tribunal.
"madimex Maderas SPA con Servicio de Impuestos Internos"
Devolución por pago indebido de multa. El SII negó la solicitud argumentando falta de reclamo previo, pero la Corte confirmó que la resolución fue incongruente al pronunciarse sobre condonación en lugar de sobre la devolución solicitada, ordenando nulidad.
Walmart Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Transmisión de crédito fiscal IVA en fusión de sociedades. La Corte rechazó el recurso del SII y acogió el reclamo de Walmart para obtener devolución de IVA pagado en exceso por sus predecesoras, considerando que el crédito fiscal no es un derecho personalísimo intransmisible sino una facultad que se trasmite con la fusión.
Navarro Rojas con Servicio de Impuestos Internos
Devolución de impuestos en exceso pagados por cesión de derechos sociales. El tribunal confirmó que el precio de compra tenía componente variable según documento privado, no solo lo fijado en escritura pública, procediendo la devolución solicitada.