Methanex Louisiana LLC Establecimiento Permanente con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metropolitana Santiago Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 98-2019 |
| Fecha sentencia | 5 ene 2022 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRevoca sentencia que acogió reclamo del contribuyente contra denegación de devolución de IVA Exportador, estimando que las resoluciones impugnadas son actos trámite dentro de procedimiento legalmente válido de Fiscalización Especial Previa, no actos terminales reclamables.
Hechos
Methanex Louisiana LLC solicitó devolución de IVA Exportador por períodos nov-dic 2013 ($ 770M y $ 988M respectivamente). SII dictó Resoluciones 170 y 534 (ene 2014) iniciando Fiscalización Especial Previa, luego Resoluciones 46 y 330 (ene-feb 2015) denegando la devolución. El Tribunal Tributario acogió reclamo considerando insuficiente justificación de causal para FEP. Corte de Apelaciones revoca, estimando que procedimiento fue legal y actos impugnados son trámite dentro de fiscalización en curso, no actos terminales.
Considerandos clave
La Corte razona que conforme a DS 348/1975 y Circular 70/2009, fueron las Resoluciones 170 y 534 (ene 2014) las que legítimamente dieron origen a la FEP, suficientemente fundadas en la normativa. Las Resoluciones 46 y 330 (ene-feb 2015) no iniciaron la fiscalización sino que se pronunciaron durante su curso, suspendiendo el pago de la devolución mientras continuaba el procedimiento administrativo. La existencia posterior de Citación 33 (feb 2015) requiriendo más antecedentes demuestra que la fiscalización aún continuaba, sin pronunciamiento definitivo. Por tanto, los actos reclamados son trámite dentro de un procedimiento legal válido, no actos terminales susceptibles de reclamación conforme art. 124 CT.
Resolutivo
Se revoca sentencia apelada que acogió reclamo. Se rechaza reclamo del contribuyente contra Resoluciones Ex. 46 (15 ene 2015) y 330 (19 feb 2015) que denegaron devolución de IVA Exportador. Queda firme la denegación de la devolución por $ 1.758M como acto válido dentro de procedimiento de fiscalización especial previa legalmente iniciado.
Texto de la sentencia
Santiago, cinco de enero de dos mil veintidós.
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos décimo sexto y décimo séptimo que se eliminan.
Y se tiene en su lugar, y además, presente:
Primero: Que la sentencia apelada acoge el reclamo de la contribuyente “Methanex Louisiana LLC Establecimiento Permanente”, deducido en contra de las Resoluciones Ex. Nº 46 de 15 de enero de 2015 y Nº 330 de 19 de febrero de 2015, emitidas ambas por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
El juez de la causa expresa en el considerando 16º del fallo en estudio, que el fundamento para acoger el reclamo y dejar sin efecto la Resolución Nº 46 de 15 de enero de 2015, radica en que la reclamada no logró justificar con prueba suficiente la existencia de una causal que la habilitara legalmente para iniciar la fiscalización especial previa (FEP), contemplada en el artículo 5º inciso primero del Decreto Supremo Nº 348, respecto de las solicitudes de devolución de IVA exportador, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2013, por las sumas de $ 770.083.112 y $ 988.294.599, respectivamente.
Respecto de la Resolución Ex. Nº 330 de 19 de febrero de 2015 el tribunal omite pronunciamiento.
Segundo: Que de lo dicho, aparece que lo controvertido se centra en determinar si el procedimiento de Fiscalización Especial Previa (FEP) dispuesto por el Servicio de Impuestos Internos, luego de presentada por el contribuyente la solicitud de devolución de IVA Exportador, se ajustó o no a lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 348 de 1975, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.
Tercero: Que el Decreto Supremo Nº 348, de 1975, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, dispone que quienes exporten bienes o servicios podrán recuperar el impuesto que se les haya recargado al adquirir bienes o utilizar servicios destinados a su actividad de exportación y la recuperación del impuesto se sujetará al procedimiento indicado en su artículo 2º que en la letra d) dispone que el Servicio de Tesorerías deberá girar y entregar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere presentado la declaración jurada, el cheque correspondiente al exportador de bienes o servicios, siempre que el exportador esté al día en sus obligaciones de retorno dentro de los plazos fijados por el Banco Central.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago
Methanex Lousiana LLC Establecimiento P-ermanente con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metropolitana Santiago Oriente
Confirmó sentencia que acogió reclamo del contribuyente contra denegación de devolución de IVA Exportador ($3.216.186, agosto 2014), rechazando apelación del SII por cuestiones formales y desestimando demanda de costas del contribuyente.
Methanex Lousiana LLC Establecimiento Permanente con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metropolitana Santiago Oriente
Corte de Apelaciones confirma sentencia que acoge reclamo de Methanex por devolución de IVA Exportador por $11.869.139, desestimando apelación del SII por falta de relación entre sus argumentos formales y los fundamentos que acogieron la sentencia.
Methanex Lousiana LLC Establecimiento Permanente con Direccion Nacional Servicio de Impuestos Internos Subdirección Jurídica
Revoca sentencia que acogió reclamo del contribuyente contra denegación de devolución de IVA Exportador, por estimar que la Resolución 5408 de 2014 fundó válidamente la Fiscalización Especial Previa conforme a DS 348/1975 y que existían investigaciones administrativas previas acreditadas en el SIIC.
Orlando Exploraciones Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Reclamación tributaria sobre corrección monetaria donde el contribuyente no acompañó traducciones de documentos en inglés requeridas por ley procesal. La corte confirmó el rechazo por falta de prueba idónea.
Orlando Exploraciones Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Reclamación tributaria por corrección monetaria donde el contribuyente no acompañó traducciones de documentos en inglés (títulos accionarios y certificado del secretario) que pretendía justificar remesas al extranjero, por lo que la Corte confirmó el rechazo de la acción por falta de prueba idónea.
Inmobiliaria Santa Bernardita Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Inmobiliaria Santa Bernardita cuestionó por apelación una sentencia de primera instancia que le fue adversa ante el SII. La Corte de Apelaciones confirmó la decisión del tribunal tributario de primera instancia.