Industria de Maderas los Canelos con Servicio de Impuestos Internos VII Direccion Regional Talca (acumulada con la Rol N° 35-2019/tributario y Aduanero)
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Talca |
|---|---|
| Rol | 16-2019 |
| Fecha sentencia | 17 jul 2020 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Confirmada/revocada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte de Apelaciones revoca sentencia de primer grado y rechaza reclamo por devolución de impuestos, estimando que el SII estaba facultado para retener fondos mientras fiscalizaba inconsistencias en la declaración de renta 2019.
Hechos
Industria de Maderas Los Canelos solicitó devolución de $48.124.721 por saldo a favor en impuesto a la renta 2019. El SII negó la devolución argumentando inconsistencias en la declaración. El Tribunal Tributario y Aduanero (17 octubre 2019) acogió el reclamo y ordenó devolver el monto más reajuste legal en cinco días hábiles. El SII apeló ante la Corte de Apelaciones de Talca. Se acumularon dos roles: 16-2019 (cuestión incidental sobre reposición) y 35-2019 (apelación de fondo).
Considerandos clave
La Corte razona que el artículo 97 de la Ley de Impuesto a la Renta establece derecho a devolución dentro de 30 días, pero tal derecho no es incondicional ni inmediato: queda sujeto a fiscalización del SII conforme a sus atribuciones generales de revisión (artículos 59 y 8 bis del Código Tributario). Cita jurisprudencia de la Corte Suprema (fallos 32.359-14, 1.115-2015, 26.914-2015, 40.622-2016) para sostener que la estimación del contribuyente en su declaración no es inamovible y no genera derecho consolidado a devolución sin revisión previa del SII. Estima que las inconsistencias y observaciones detectadas en la declaración habilitaban legalmente al SII para suspender la devolución hasta resolver la fiscalización, dentro de plazos de prescripción. Por tanto, la negativa no vulnera derechos del contribuyente.
Resolutivo
Se revoca la sentencia de 17 octubre 2019 del Tribunal Tributario y Aduanero. Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos interpuesto por Industria de Maderas Los Canelos contra el SII. Queda firme la negativa de devolución de impuestos, sin costas. Se confirma la resolución de 31 julio 2019 en la cuestión incidental (rol 16-2019).
Texto de la sentencia
Talca, diecisiete de julio de dos mil veinte.
En cuanto al ingreso Corte Rol N°16-2019 Tributario y Aduanero
Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 31 de julio de 2019, que no hizo lugar a la reposición deducida en contra de la resolución de 23 del mismo mes y año, que recibe la causa a prueba.
En cuanto al ingreso Corte Rol N° 35-2019:
En causa RIT VD-07-00013-2019 del Tribunal Tributario y Aduanero de esta ciudad, sobre vulneración de derechos caratulado “Industria de Maderas Los Canelos SpA con SSI-Dirección Regional Talca”, se dictó sentencia el 17 de octubre de 2019, la que hizo lugar al reclamo interpuesto por la actora, disponiendo la devolución del saldo a favor determinado en la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta, del año tributario 2019, ascendente a la suma de $48.124.721, más reajuste legal, dentro del plazo de cinco días hábiles; en contra de la cual, la parte reclamada dedujo recurso de apelación.
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los considerandos vigésimo y del trigésimo primero al trigésimo quinto, como asimismo, su parte resolutiva, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
PRIMERO: Que en estos autos don Carlos Alberto Castillo González, en representación de Industria de Maderas Los Canelos SpA, interpuso reclamación tributaria por vulneración de derechos, en contra del Servicio de Impuestos Internos, por la negativa de hacerle devolución de la suma de $48.124.721, que correspondería a los impuestos a su favor, por el período tributario 2019, lo que, en su concepto, vulnera lo dispuesto en los artículos 8 bis N° 2 del Código Tributario y 97 de la Ley de Impuesto a la Renta, y que lesiona la garantía consagrada en el N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política.
La misma causa en primera instancia
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Tribunal acoge reclamación por vulneración de derecho a devolución oportuna de saldo a favor por PPM. SII omitió devolver $48.124.721 dentro del plazo legal establecido en artículo 97 LIR.
Cómo resuelve este tribunal
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