Recurso de Proteccion Integral Service LTDA con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Temuco |
|---|---|
| Rol | 3788-2015 |
| Fecha sentencia | 9 oct 2015 |
| Recurso | Protección |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechazada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalIntegral Service Ltda. reclamó ante los tribunales por aplicación de multas e intereses moratorios del IVA de febrero de 2015, alegando que el retraso en el pago fue causado por problemas técnicos del sistema del SII y no por incumplimiento de su obligación tributaria. La Corte rechazó el recurso de protección.
Texto de la sentencia
Temuco, nueve de octubre de dos mil quince.
A fojas 2, comparece Eduardo Becas Mora, abogado, en representación de integral service ltda, representada a su vez, por doña LORETO SEPÚLVEDA ROULLET, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio de Impuestos Internos, representada legalmente por don Christian Soto Torres, por infracción de las garantías constitucionales del artículo 19 Nº 2 y Nº 20, esto es igualdad ante ley e igualdad tributaria, respecto de lo cual pide, se acoja el recurso y en definitiva se absuelva al recurrente, de pagar los intereses y recargos a los que está afecto actualmente por el pago del IVA del mes de febrero de 2015.
En cuanto a los hechos, señala que con fecha 20 de febrero de 2015, se intentó el pago en línea del impuesto del mes de enero, lo que no fue posible pues, el formulario Nº 29 ha quedado en cero, sin que en se haya permitido en el sistema proceder a la rectificación de dicho resultado.
Que por dicha circunstancia se comunicó telefónicamente con la mesa de ayuda, en donde le informaron que había problemas con la página del SII, sin que se registrara número de atención. Que se concurrió a las oficinas del servicio, el día 23 de febrero, en donde luego de ser atendidos es que se les informó que ya podían rectificar el impuesto IVA, pero al realizar la gestión se hacía un cargo de multas e intereses por más de 3 millones de pesos, en donde automáticamente se condonaban 1 millón de pesos.
Por lo anterior, y en atención a que en más de 10 años de la empresa jamás ha tenido un retraso en el pago del impuesto, es que se volvió a concurrir al Servicio, en donde no obtuvo respuesta a sus peticiones. La única opción era solicitar al SII, realizaran el giro del impuesto para luego pedirle al Director Regional una condonación cercana al 80%, pero para ello se le solicitó la contabilidad de todo el año 2014.
Agrega que en el mes de junio se giró el impuesto IVA por 25 millones más cargos, multas e intereses por más de 9 millones de pesos, lo que claramente es excesivo y limitante de pago. Ello además al aparecer en los certificados de deuda de Tesorería, lo que afecta la posibilidad de trabajo ante las entidades públicas, ya que al licitar y contratar, exigen la certificación de Tesorería.
Señala que hasta la fecha 31 de julio, se encuentra pendiente una solución al problema por parte del SII, lo que ha motivado el recurso.
Identifica como acción arbitraria e ilegal de parte de la recurrida, el aplicar sin justa razón y desproporcionadamente multas e intereses moratorios, así como también no reconocer el propio error, vulnerando sus derechos indubitados.
Cómo resuelve este tribunal
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