Carga de prueba del SII en infracciones tributarias con sanción pecuniaria
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Temuco |
|---|---|
| Rol | 47-2014 |
| Fecha sentencia | 7 may 2015 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | HA LUGAR |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSobre carga de prueba en infracciones tributarias con sanción pecuniaria. La Corte confirmó que corresponde al SII rendir pruebas suficientes para revertir la presunción de inocencia del contribuyente.
Análisis del SII
Las infracciones tributarias consistentes en la aplicación de una sanción pecuniaria, la carga de la prueba corresponde al Servicio, quien a objeto de revertir la presunción de inocencia que ampara al contribuyente debe rendir las pruebas suficientes que logren formar la convicción del Tribunal acerca de la ocurrencia efectiva de los hechos que configuran la infracción cursada.
Texto de la sentencia
“Temuco, siete de mayo de dos mil quince.
Atendido el mérito de los antecedentes, SE CONFIRMA, con costas, la sentencia definitiva de fecha treinta de mayo de dos mil catorce, escrita a fojas cincuenta y ocho y siguientes de estos autos.
ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO – PRIMERA SALA – 07.05.2015 – ROL N° 47-2014 - MINISTRO SR. LUIS TRONCOSO LAGOS - MINISTRO SR. JULIO CÉSAR GRANDÓN CASTRO - ABOGADO INTEGRANTE SR. LUIS IVÁN DÍAZ GARCÍA
Fallo breve: este es el texto íntegro de la resolución, tal como consta en el registro.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
CÓDIGO TRIBUTARIO – ARTÍCULO 97 N° 10
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
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Rechazo de gastos por Textiles Zahr S.A. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia del tribunal tributario que acogió el reclamo del SII respecto al rechazo de gastos no deducibles conforme a los artículos 21, 31 y 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
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