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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Temuco · Rol 8848-202423 jun 2025

Briceño con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Temuco
Rol8848-2024
Fecha sentencia23 jun 2025
RecursoProtección-Protección
ResultadoNO HA LUGAR Rechazada

Texto de la sentencia

Temuco, veintitrés de junio de dos mil veinticinco.

Comparece, JUAN CARLOS CISTERNAS FRIZ, Abogado, en representación de doña PATRICIA MERCEDES BRICEÑO NEFF, Psicóloga Clínica, domiciliada profesionalmente en Antonio Bellet Nº77, quien recurre de protección en contra del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (en adelante SII), representado por doña PAULINA PRADENA GARDRAT, Directora Regional, ambos domiciliados en Claro Solar Nº873, Comuna y ciudad de Temuco, por haber incurrido en un acto arbitrario e ilegal que atenta gravemente en contra de las garantías fundamentales consagradas en los números 1, 2 y 24 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental; con el objeto de que la Iltma. Corte ordene reestablecer el imperio del derecho, expone:

1.- Que, doña Patricia Mercedes Briceño Neff, de 69 años de edad, es única propietaria del inmueble consistente en predio de 9,77 hectáreas, ubicado en camino a Botrolhue KM6, Temuco, según inscripción de fojas 4665 Nº4769 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año 1994. A dicho inmueble se le asignó el rol de avalúo Nº3250-4, Temuco, cuya actual tasación es de $106.491.540.-

2.- Que, en el año 2001 doña Patricia Mercedes Briceño Neff, decide trasladarse a la ciudad de Santiago, donde vive junto a su familia. Por tal motivo, con fecha 1º de Junio del año 2004 mi representada da en arriendo el inmueble ya individualizado, a la empresa FORESTAL E INDUSTRIAL WIDMER, RUT 77.677.880-K. Dicho arrendamiento terminó con fecha 1º de Junio de 2022, según consta en acta de entrega notarial, ya que doña Patricia Briceño tomó conocimiento de que el inmueble estaba siendo ocupado por otras personas distintas del arrendatario. Así, a las pocas semanas mi representada se entera que la propiedad se encuentra ocupada ilegalmente por el abogado Guillermo Cáceres Yáñez, quien comienza a realizar una serie de construcciones en el inmueble, iniciando una actividad lucrativa, sin la autorización de mi representada, razón por la cual con fecha 5 de agosto del año 2022 se interpuso en su contra una demanda de precario, radicada ante el 3º Juzgado de Letras de Temuco, bajo el rol Nº2329-2022.

3.- Que, producto de lo anterior, con fecha 4 de Julio de 2024, el SII dicta la resolución N.ºA09.2024.00019177, creando un rol de avalúo suplementario, disponiendo lo siguiente: “SE RESUELVE: Incluir en el Rol de Avalúo y Contribuciones a partir del 01.01.2024, el bien raíz ubicado en SAN JOSE SN LT C, de la comuna de TEMUCO, bajo el rol 4150 − 988, a nombre de PATRICIA MERCEDES BRICENO NEFF.

El bien raíz tendrá un avalúo de $426.876.269, monto en moneda del primer semestre de 2024, quedando afecto del pago de contribuciones.

El enrolamiento mencionado, se verá reflejado en los Roles Suplementarios a publicarse el Segundo Semestre de 2024 y en los correspondientes Roles Semestrales de Contribuciones”.

Que, los roles suplementarios se crean al verificar el SII nuevas construcciones o adiciones en la propiedad. No obstante, para llegar a dicha conclusión, la resolución indica que la propiedad fue visitada únicamente con fecha 20.10.2023, sin señalar el contenido y resultado de dicho análisis y visita, como tampoco la singularización del acta de inspección, todo lo cual tiene incidencia para la determinación del sujeto gravado con el impuesto.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

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Apelación