Jorval Construcciones LTDA con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Valdivia |
|---|---|
| Rol | 3-2016 |
| Fecha sentencia | 28 jun 2016 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Revocada-confirmada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte revoca parcialmente la sentencia de primera instancia respecto de gastos de remuneraciones, gratificaciones y viáticos, acogiendo el recurso de la empresa constructora tras análisis probatorio conforme a sana crítica; confirma el rechazo al recurso del SII sobre depreciación y crédito de empresa constructora.
Hechos
JORVAL CONSTRUCCIONES LTDA reclamó ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Valdivia contra liquidaciones del SII por el año 2013. El Tribunal de primera instancia acogió parcialmente el reclamo respecto de depreciación de activos fijos y crédito especial de empresa constructora, pero rechazó gastos por remuneraciones, gratificaciones, asignaciones y viáticos. El SII apeló cuestionando la admisión de antecedentes no aportados en fiscalización; la empresa constructora también apeló por el rechazo de los gastos de remuneraciones. La Corte de Apelaciones de Valdivia conoce ambos recursos en esta sentencia.
Considerandos clave
La Corte establece que aunque el contribuyente tiene carga probatoria en la etapa administrativa (artículo 21 del Código Tributario), ello no limita su derecho a defensa jurisdiccional ni la libertad probatoria garantizada por el artículo 132 del mismo cuerpo legal. El Tribunal Tributario puede analizar antecedentes no aportados en fiscalización, salvo excepción del inciso 11° del artículo 132. Respecto de depreciación y crédito de empresa constructora, la Corte constata que el SII fundamentó su rechazo únicamente en falta de facturas, las cuales fueron aportadas en juicio, desvirtuando las observaciones. No corresponde analizar requisitos no controvertidos en el conflicto. Respecto de remuneraciones, el tribunal de primera instancia incumplió el deber de fundamentación al no ponderar la prueba aportada (Libro de Remuneraciones con liquidaciones de sueldo y planillas de cotizaciones previsionales), documentación que conforme a sana crítica acredita fehacientemente los gastos.
Resolutivo
Se revoca la sentencia apelada en la parte que rechaza remuneraciones ($51.530.335), gratificaciones ($12.176.334) y asignaciones y viáticos ($17.334.367); se confirma en lo demás. Se rechaza el recurso del SII contra la aceptación de depreciación y crédito de empresa constructora. No se condenan costas al SII por tener motivo plausible para apelar.
Texto de la sentencia
Valdivia, veintiocho de junio de dos mil dieciséis.
De la sentencia apelada se reproducen sus citas y considerandos, con excepción décimo noveno a vigésimo primero que se eliminan.
I.- En cuanto al recurso de apelación deducido por el Servicio de Impuestos Internos.
Primero: Que don Rodrigo Peluchonneau Alliende, abogado, por el Servicio de Impuestos Internos, dedujo recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 30 de diciembre de 2015, que acogió parcialmente el reclamo tributario deducido por el actor. En el recurso resume los antecedentes y transcribe los motivos del fallo que le causan agravió.
En cuanto a la primera cuestión a resolver, esto es, el ámbito de revisión del Tribunal, reproduce en su presentación las consideraciones décimo cuarto a décimo quinto que contienen el razonamiento del tribunal en relación a este punto.
Sobre el particular, sostiene que su parte no concuerda con lo aseverado por el tribunal en dichos considerandos, toda vez que no resulta admisible que el contribuyente en esta etapa jurisdiccional pretenda dejar sin efecto la actuación del Servicio, aclarando ahora las observaciones que debió aclarar en la etapa de revisión, ya que aceptar su pretensión significaría desnaturalizar el rol para el cual fue creado el Servicio de Impuestos Internos, como desnaturalizar de igual modo el rol para el cual fueron creados los Tribunales Tributarios y Aduaneros.
Señala que contrariamente a lo resuelto por el tribunal, no se trata de limitar el ámbito de control jurisdiccional a una mera revisión de legalidad a la luz de los antecedentes aportados, sino que el riesgo de desvirtuar el rol de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, transformándolos en una nueva instancia.
Plantea que frente a una notificación efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, donde el ente fiscalizador le formula observaciones, le corresponde al contribuyente conforme al artículo 21 del Código Tributario, probar con los documentos, libros de contabilidad u otros medios que la ley establezca, en cuanto sean necesarios u obligatorios para él, la verdad de sus declaraciones o la naturaleza de los antecedentes y el monto de las operaciones que deban servir para el cálculo del impuestos.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Valdivia
Servicio de Impuestos Internos con Miguel O. Valdovino Neira
La Corte revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma íntegramente el Acta de Denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario, condenando al contribuyente por utilización maliciosa de tres facturas falsas para aumentar créditos fiscales de IVA, con multa del 100% de lo defraudado.
Juan C. Rios Triviño con Servicio de Impuestos Internos
Corte revoca parcialmente sentencia: confirma rechazo de liquidaciones por diferencias contables sin efecto fiscal, pero revoca condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
Carlos Argel Vergara con Servicio de Impuestos Internos
Corte revoca condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar, confirmando lo demás de la sentencia que anuló las liquidaciones por rescate de fondos mutuos no registrado pero posteriormente reinvertido.
Javier Concha Araya con Servicio de Impuestos Internos XVII Direccion REG. Valdivia
Recurso de apelación en materia aduanero-tributaria donde el SII reconoció error en su acto impugnado. La Corte revocó la condena en costas al SII estimando que tuvo motivo plausible para litigar.
Germán del Sol Guzmán con Servicio de Impuestos Internos
Corte de Apelaciones revoca parcialmente sentencia de rechazo: anula liquidaciones de años 2012 por violación del derecho a defensa (art. 8 bis Código Tributario); confirma rechazo de gastos no comprobados del año 2013.
Termas Geometricas LTDA. con Servicio de Impuestos Internos XVII Direccion REG. Valdivia
La Corte revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y acoge el reclamo tributario, reconociendo que el contribuyente puede ejercer crédito fiscal por facturas irregulares acreditando que el impuesto fue enterado en arcas fiscales, sin exigencia adicional de efectividad material de operaciones.