Rentas e Inversiones Edificio Gómez Carreño Limitada con Servicio de Impuestos Internos V DR. Valparaíso
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Valparaíso |
|---|---|
| Rol | 18-2016 |
| Fecha sentencia | 8 nov 2016 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte revoca sentencia que acogió reclamación tributaria por insuficiencia probatoria: contribuyente no acreditó pérdida tributaria ni presentó documentación requerida oportunamente por SII.
Hechos
Rentas e Inversiones Edificio Gómez Carreño Ltda. solicitó devolución de $100.254.395 por Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas en su declaración de renta 2013, derivada de pérdida por venta de activos en división societaria. SII requirió documentación específica (Libro FUT, balances, justificación de pérdidas) mediante Carta Operación Renta N°130200368 de julio 2013. Contribuyente no respondió oportunamente. SII rechazó solicitud mediante Resolución N°305301000022 de noviembre 2013, fundada en falta de acreditación de pérdida tributaria. Contribuyente presentó Solicitud de Revisión en diciembre 2013, que fue también rechazada. Tribunal Tributario acogió reclamo. SII apela ante Corte de Valparaíso.
Considerandos clave
La Corte determina que el contribuyente fue citado oportunamente por SII para aportar documentación específica y determinada conforme artículos 63 y 21 del Código Tributario, pero no la presentó en plazo. Conforme artículo 132 inciso 11° del Código Tributario, no son admisibles antecedentes solicitados específicamente por SII en la citación y no acompañados oportunamente. Aunque el contribuyente presentó documentos posteriormente, estos resultan insuficientes: no acompañó Balance de División aprobado en Junta Accionista, Informe Pericial sobre reorganización empresarial, ni FUT del año 2010 donde supuestamente se originó el castigo financiero. Sin registro de Capital Propio ni FUT completo del período relevante, el tribunal no puede verificar la verdad de afirmaciones sobre mantención del castigo en Fondo de Utilidades Tributarias. La prueba rendida es insuficiente para acreditar con contabilidad fidedigna la pérdida tributaria alegada.
Resolutivo
Se revoca sentencia de 24 de marzo 2016 que acogió reclamo. Se rechaza la reclamación interpuesta contra Resolución SII N°305301000022 de 22 de noviembre 2013 en todas sus partes. Sin costas por litigio con motivo plausible.
Texto de la sentencia
Valparaíso, ocho de noviembre de dos mil dieciséis.
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del N° 14 del considerando V y de los considerandos VI y VII, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
PRIMERO: Que, el Servicio de Impuestos Internos apela de la sentencia definitiva dictada en esta causa el 24 de marzo de 2016, pidiendo que sea revocada y se declare en su lugar que se rechaza la reclamación interpuesta en contra de la Resolución Exenta S. I. I. N° 305301000022 de 22 de noviembre de 2013, en todas sus partes, con costas.
SEGUNDO: Que, para resolver la cuestión debatida, se han de tener presente los siguientes hechos:
Que la reclamante, Rentas e Inversiones Edificio Gomez Carreño Ltda., en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta correspondiente al Año Tributario 2013, Folio 241228413, presentada con fecha nueve de mayo de 2013, solicitó la devolución de $100.254.395, por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas.
Que con fecha dos de julio de 2013, la autoridad tributaria requirió a la contribuyente reclamante, mediante Carta Operación Renta N°130200368, para que presentara la siguiente documentación: Libro FUT; Certificados que acrediten la procedencia de los créditos; Antecedentes que acrediten la procedencia de la pérdida desde su origen; Balance Tributario de 8 columnas y Estado de Resultados; Detalle y acreditación de los Ajustes a la Renta Líquida; Documentación que justifique la declaración del año de la inconcurrencia; Antecedentes necesarios para la confección de los Formularios 1817, 1818, 1884, 1886 y 1893.
Que atendido que la contribuyente reclamante no dio respuesta a la fiscalización y precedente requerimiento, con fecha veintidós de noviembre de 2013, la autoridad tributaria procedió a denegar la solicitud de devolución mediante la Resolución Exenta N°305301000022/22.11.2013, fundada en que no se aportaron los antecedentes expresamente requeridos mediante notificación N°130200368, los que permitirían verificar la veracidad y exactitud de la información consignada en la declaración de impuestos Anuales a la Renta del año tributario 2013, contenida en el formulario N°22, folio N°241228413, de la procedencia tanto del crédito por impuesto de Primera Categoría pagado por utilidades absorbidas total o parcialmente por pérdidas tributarias, como de los otros créditos que declara, no acreditando fehacientemente la pérdida tributaria declarada ni el origen, procedencia ni naturaleza de los créditos invocados.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Valparaíso
Rentas e Inversiones Edificio Soria Limitada con Servicio de Impuestos Internos V DR. Valparaíso
Corte revoca sentencia de Tribunal Tributario que acogió reclamo por devolución de PPU. Rechaza la reclamación por insuficiencia probatoria: contribuyente no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria ni aportó documentación contable requerida en fiscalización.
Rentas Soria Limitada con Servicio de Impuestos Internos V DR. Valparaíso
La Corte revoca la sentencia de primera instancia que acogió el reclamo de devolución de $1.039.692 por pagos provisionales, rechazando la reclamación por insuficiencia probatoria de la pérdida tributaria declarada.
Thenoux Veloz Charles Hernán con Servicio de Impuestos Internos V DR Valparaíso
Revoca sentencia que acogió excepción de prescripción: aplica plazo de 6 años (art. 200 inc. 2º CTrib.) porque declaraciones del contribuyente fueron maliciosamente falsas al usar facturas falsas de su sociedad (50% participación).
Thenoux Veloz Patricio Oziel con Servicio de Impuestos Internos V DR Valparaíso
Se revoca la sentencia de primera instancia que había acogido la prescripción de la acción fiscalizadora. La Corte estima que operaba el plazo de seis años del artículo 200 inciso 2° del Código Tributario por declaración maliciosamente falsa, ya que el contribuyente, como socio al 50% de empresa que usó facturas falsas, necesariamente conocía tales manejos.
Larraín Doggenweiler Juan Agustín con Servicio de Impuestos Internos V DR. Valparaíso
Corte de Apelaciones confirma anulación del acto tributario por prescripción, rechazando objeción del SII a documento de notificación y desestimando argumentos sobre aumento de plazo por cambio de domicilio a Isla de Pascua.
Club Deportivo Unión San Felipe S.a.d.p. con Servicio de Impuestos Internos
Se confirmó la resolución de primera instancia de 22 de julio de 2016 en recurso de apelación interpuesto por Club Deportivo Unión San Felipe contra el SII, respecto de materia aduanero-tributaria.