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CONFIRMADACorte de Apelaciones de Valparaíso · Rol 21-201627 jul 2016

Gestión Patrimonial Hc Limitada con Servicio de Impuestos Internos V DR Valparaíso

TribunalCorte de Apelaciones de Valparaíso
Rol21-2016
Fecha sentencia27 jul 2016
RecursoApelación
ResultadoCONFIRMADA Revocada-confirmada

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Revoca sentencia que acogía reclamo tributario; rechaza reclamo por venta de derechos societarios a precio anómalo ($1), confirmando tasación de $3.750 millones por elusión fiscal, pero reduce impuesto según nuevos cálculos.

Hechos

Gestión Patrimonial HC Limitada fue socia capitalista de Asesorías Curihue Limitada, de la cual retiró dividendos por $10.594 millones (2008-2011). En octubre 2012, transfirió todos sus derechos a sociedades relacionadas (Rentas Tapihue y Rentas Easter) por $1. El SII tasó esos derechos en $3.750 millones e impugnó la operación. El Tribunal Tributario y Aduanero acogió el reclamo. La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó esa decisión.

Considerandos clave

El tribunal constata retiros masivos de utilidades previos a la venta, descapitalización virtual de la sociedad, y transferencia a precio manifiestamente anómalo a empresas relacionadas. Aplica reglas de sana crítica: una sociedad con ingentes recursos que se descapitaliza por retiros familiares y luego se vende a $1 a empresa vinculada revela propósito de eludir tributación. Cita jurisprudencia de Corte Suprema sobre elusión tributaria (comportamiento para evitar obligación tributaria mediante formas jurídicas anómalas). Valida ejercicio de facultad del SII conforme artículo 64 inciso 3° del Código Tributario para valorar conforme parámetros objetivos. Considera que la tasación de $3.750 millones es adecuada (50% del capital social de $7.500 millones), atendido que reclamante retiró sobre 10 mil millones, adquirió sus derechos por UF 49.200, y no declaró la operación en su oportunidad.

Resolutivo

Revoca sentencia de aprobación del reclamo; rechaza reclamo contra Liquidación N° 25. Ordena reliquidación por año tributario 2014 con base imponible de $2.614.516.110 (valor tasado menos costos menos absorción de utilidades), generando impuesto de Primera Categoría de $522.903.222 más reajustes. Reduce impuesto adeudado respecto a liquidación original. Confirma lo demás de la sentencia de primera instancia.

Texto de la sentencia

Valparaíso, veintisiete de julio de dos mil dieciséis.

Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes enmiendas:

Se elimina en el párrafo correspondiente a la normativa aplicable, numeral 16, la expresión repetida “la forma en que”.

Se suprimen, también, los ordinales 29. a 33. y 37.

Y del 3., sólo su letra h); y del 28. únicamente su párrafo c).

Y SE TIENE, EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE:

PRIMERO: Que, no ha sido desmentido que de Asesorías Curihue Ltda., se efectuaron retiros de la misma, en particular, la reclamante Gestión Patrimonial HC Limitada, como se asentó en el considerando 3., letra d), por un monto de $10.594.165.301.- (entre enero de 2008 y septiembre de 2011) y que luego, por escritura pública de octubre de 2012, se retiraron los socios industriales (Sara Irarrázabal Larraín, Sara Cruzat Irarrázabal y Carlos Cruzat Irarrázabal) y capitalistas (Gestión Patrimonial HC Limitada y Gestión Patrimonial CS Limitada) quienes -respectivamente- cedieron todos sus derechos a la sociedades Rentas Tapihue Limitada y a Rentas Easter Limitada, todas relacionadas, como se aprecia en la escritura pública de 25 de abril de 2007, suscrita en Santiago por las dos primeras y en que la segunda designa administrador delegado al tercero, don Carlos Cruzat Irarrázabal. Valga destacar el objeto de la sociedad que era la explotación rentística de valores mobiliarios en general, incluyéndose la participación como accionista o socia en otras compañías de cualquier tipo y objeto, ambas aportaron en total un millón de pesos ($1.000.000.-). Además, en el mismo instrumento se transfieren a la -ahora- reclamante la parte de sus derechos como socia capitalista en Asesorías Curihue Limitada. Con la misma fecha se constituyó la sociedad Gestión Patrimonial CS Limitada y se modificó la compañía Asesorías Curihue Limitada, quedando las tres personas naturales como socios industriales y las dos sociedades como únicas capitalistas. Posteriormente, el 20 de junio de 2007, en Isla de Pascua, todos representados por el abogado don Jaime Manríquez, constituyen otra sociedad Rentas SIL SCC y aumentan el capital de un peso ($1) a siete mil quinientos millones de pesos ($7.500.000.000.-) “mediante capitalizaciones internas y aporte que compromete la recién creada (sociedad)”; asimismo, se deja constancia que la señora María Amanda Sara Irarrázabal renuncia a 31.375.183 acciones de D&S S.A.; más adelante, en diciembre de 2011, también en Isla de Pascua, modifican Asesorías Curihue, se retira Rentas SIL y cede a ambas sociedades Gestión Empresarial HC Limitada y Gestión Empresarial CS Limitada. Se alude a endosos de pagarés de Inversiones Ori SCC y que se relacionan con el precio de un predio “Pasos de Tapihue” o “Mostazal” en Casablanca. Por último, por escritura pública de 8 de octubre de 2012, con la misma modalidad de la anterior, mismo representante y en Isla de Pascua, se retiran las personas naturales y jurídicas y éstas ceden a Rentas Tapihue y a Rentas Easter Limitada la totalidad de sus derechos, la primera: $6.150.000.000.- y la segunda: $1.350.000.-.

SEGUNDO: Que, en la aludida convención (ver foja 50) se deja constancia de la “virtualmente total descapitalización de la sociedad”, que -como argumenta el Servicio de Impuestos Internos en su apelación (ver fojas 626 vuelta y 627 vuelta) el pasivo exigible de la sociedad descapitalizada “no obedece a razones de índole comercial o de negocio ya que no están en caso alguno destinado a financiar la actividad de la empresa sino a soportar los excesos de retiro efectuados por los socios. Por consiguiente, dicho “patrimonio real financiero” se habría autogenerado por los propios propietarios de Asesorías Curihue Ltda.,…”. “ni que, a la época de la enajenación hubieren cambiado sustancialmente las condiciones financieras y económicas de Asesorías Curihue Ltda.”.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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Cómo resuelve este tribunal

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