Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 1608-201429 ene 2015

Banco de Credito e Inversiones con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte Suprema
Rol1608-2014
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia29 ene 2015
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo
MinistrosHaroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha (redactor) · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza casación de BCI contra confirmación de liquidación tributaria por impuesto de timbres y estampillas, al no demostrarse que las exportaciones se realizaron durante la vigencia de los créditos, requisito esencial para la exención del artículo 24 Nº 11 DL 3475.

Hechos

BCI otorgó dos créditos a Transbordadora Austral Broom S.A. el 11 de julio de 2007, con vencimiento el 11 de julio de 2008, calificados como exentos de timbres y estampillas por financiar exportaciones. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el reclamo de BCI por considerar que no se probó la efectiva realización de las exportaciones antes del vencimiento del crédito, solo demostrándose que los servicios comenzaron en 2010. La Corte de Apelaciones confirmó el fallo el 29 de noviembre de 2013. BCI interpuso casación en el fondo, alegando que se probaron las exportaciones y que la exención debe evaluarse al vencimiento, no durante la vigencia del crédito.

Considerandos clave

La Corte Suprema examina si el recurso cumple con los presupuestos de procedencia del artículo 767 CPC. Sostiene que el recurso de casación en el fondo solo puede revisar interpretación y aplicación de normas, no los hechos establecidos en instancia, salvo que se denuncie apartamiento del onus probandi legal o desconocimiento de medios de prueba. Advierte que BCI prescinde de los hechos asentados firmes en el proceso: (i) vencimiento del crédito fue el 11 de julio de 2008; (ii) a esa fecha no se había efectuado la exportación; (iii) no se demostraron prórrogas; (iv) los servicios comenzaron en 2010. BCI sostiene erróneamente que se probaron las exportaciones durante la vigencia, sin explicar qué disposición legal permitiría exigir certeza de exportación solo al vencimiento si ella no ocurrió. Los jueces recurridos aplicaron correctamente las normas tributarias conforme a los hechos probados, sin incurrir en error de derecho con influencia sustancial en lo dispositivo.

Resolutivo

Se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por BCI contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de 29 de noviembre de 2013, quedando firme la confirmación de la liquidación Nº 15 de 23 de diciembre de 2010 por el impuesto de timbres y estampillas.

Texto de la sentencia

Santiago, veintinueve de enero de dos mil quince.

En estos autos Rol N° 1608-2014 de esta Corte Suprema, referidos a un procedimiento de reclamación de liquidaciones tributarias iniciado por Banco de Crédito e Inversiones, se dictó sentencia de primer grado el treinta y uno de enero de dos mil doce, que rola a fojas 180 y siguientes, en virtud de la cual se negó lugar al reclamo interpuesto, confirmando la liquidación Nº 15 de 23 de diciembre de 2010, eximiendo del pago de costas a la reclamante, por haber tenido motivo plausible para litigar.

Esta decisión fue recurrida de apelación por la contribuyente ya mencionada, a fojas 187, y confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha veintinueve de noviembre de dos mil trece, según se lee a fojas 271.

A fojas 275 y siguientes, don Paul Mc Donnel Huerta, en representación de la reclamante, dedujo recurso de casación en el fondo respecto de la sentencia de segundo grado, que fue ordenado traer en relación a fojas 315.

PRIMERO: Que en el recurso interpuesto se indican como normas vulneradas los artículos 24 Nº 11 y 1º Nº 3 del DL 3475 y 21 Código Tributario en relación con los artículos 19 inciso 1º , 20 y 23 del Código Civil, ya que la sentencia atacada confirma aquella que rechaza la reclamación porque BCI no habría probado que se habrían efectuado las exportaciones de servicios que los créditos otorgados por BCI a Transbordadora Austral Boom S.A. iban a financiar, de manera que no se cumpliría con uno de los requisitos establecidos en la ley para que las operaciones de crédito de dinero otorgadas por el reclamante se acogieran a la exención del artículo 24 Nº 11 del DL 3475, disposición conforme a la cual se exceptúa del pago del impuesto de timbres y estampillas a los documentos necesarios para efectuar operaciones crediticias destinadas a financiar exportaciones.

Sostiene que el único requisito para que la exención opere es que se realice efectivamente una exportación, de manera que el pago del impuesto solo podrá ser exigido desde que el banco tenga certeza que no se efectuó exportación alguna, esto es, desde la fecha de vencimiento del crédito. En este caso, los créditos fundamento de los giros fueron efectivamente destinados a exportaciones que se llevaron a cabo, circunstancias que fueron probadas al Servicio de Impuestos Internos, con los antecedentes que detalla.

Pese a lo expuesto y la prueba rendida, la sentencia de autos establece que los servicios que se califican como exportación se realizaron después del vencimiento del crédito. Sin embargo a la fecha de la liquidación Nº 15 de 2010 y al menos hasta julio de 2012, los créditos otorgados por BCI para el financiamiento de exportaciones se encontraban vigentes, por lo que se ha desconocido la vigencia de las operaciones de crédito de dinero efectuadas, rechazando un acto legítimo entre deudor y acreedor, como es la prórroga o renovación del crédito.

En segundo término, denuncia la infracción de los artículos 7 , 19 , 63 y 65 de la Constitución Política de la República, en relación con los artículos 24 Nº 11 y 1 del DL 3475, ya que se ha efectuado una interpretación analógica y extensiva de los hechos de la causa, extendiendo la aplicación de las normas a supuestos para los cuales ellos no fueron dictadas.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO CIVIL\t§ 4. INTERPRETACIÓN DE LA LEYCODIGO TRIBUTARIO\tART. 21 (DEL ART 1)DECRETO LEY 3475\tART. 24DECRETO LEY 3475\tART. 1CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE\tART. 7

Descriptores

Carga de la pruebaExención de impuestosInfluencia sustancial en lo dispositivo del falloPrincipio de legalidadRecurso de casación en el fondoOperaciones de crédito de dineroCausal del recurso de casación en el fondoPagaréLey de timbres y estampillasReclamo tributarioLiquidaciones tributarias

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 2.140 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

No Ha LugarRol 5847-2013Corte Suprema12 may 2014

Banco de Credito e Inversiones con Servicio de Impuestos Internos.

Rechaza casación del Banco contra confirmación de giros por timbres y estampillas, por defectos formales del recurso que no cumple con denunciar infracción a leyes reguladoras de la prueba respecto de hechos establecidos en sentencia.

Casación
No Ha LugarRol 16930-2016Corte Suprema23 ene 2017

Inversiones Hermanos Leiva Céspedes LTDA. con Servicio de Impuestos Internos VII Dirección Regional TALCA.

Rechaza casación en el fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia de Corte de Apelaciones que desestimó reclamo por tasación de inmuebles realizada por SII en virtud del artículo 64 inciso 6º del Código Tributario, estimando que la sentencia recurrida aplicó correctamente la ley y que el recurso impugna hechos soberanamente probados.

Casación
Ha LugarRol 18412-2015Corte Suprema11 oct 2016

Coquimbo Unido Sadp con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema acoge casación en forma por ultra petita: la sentencia de apelaciones fundó la nulidad de los giros en incumplimiento de reglamentación administrativa (falta de borrador confeccionado por contribuyente), tema no alegado por la recurrente, vulnerando congruencia procesal. Anula y remite a tribunal inferior para fallar sobre fondo conforme a los términos de la controversia.

Casación
No Ha LugarRol 5351-2013Corte Suprema13 oct 2014

Esso Chile Petrolera LTDA. con Servicio de Impuestos Internos

Rechaza casación de Esso Chile contra confirmación de liquidaciones por Impuesto de Timbres y Estampillas, concluyendo que operación con Compañía Minera Disputada constituye crédito de dinero, no cuenta corriente mercantil exenta.

Casación
No Ha LugarRol 12259-2013Corte Suprema14 may 2014

CAP S.A. con Servicio de Impuestos Internos*

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación del Fisco y confirma la exención de timbres y estampillas para créditos de CAP S.A. destinados a financiar exportaciones de sus filiales, pues la exención recae en el documento, no en la identidad del deudor.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y tribunal, en las más de 4.000 sentencias del Poder Judicial de la base.

Conoce Pro