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HA LUGARCorte Suprema · Rol 197216-202315 oct 2024

Zhou con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Centro*

TribunalCorte Suprema
Rol197216-2023
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia15 oct 2024
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoHA LUGAR Acogida casación fondo, anulada sentencia de (m)
MinistrosLeopoldo Llanos Sagrista · María Letelier Ramírez · Jean Matus Acuña · Juan Ferrada Bórquez · Eduardo Gandulfo Ramírez (redactor)

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema acoge casación del SII: anula sentencia que permitió reclamar liquidaciones tributarias por vulneración de derechos fundamentales, pues el procedimiento de vulneración es cautelar e incompatible con impugnaciones de liquidaciones que tienen plazos y procedimientos propios.

Hechos

Zhou cuestionó liquidaciones 956 y 957 de agosto 2019 (impuestos por fondos no acreditados del artículo 70 LIR) mediante reclamo por vulneración de derechos fundamentales contra Resolución Exenta 145.011 de noviembre 2021 que confirmó esas liquidaciones. El Tribunal Tributario y Aduanero acogió el reclamo dejando sin efecto las liquidaciones. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó. El SII recurrió por casación en fondo a la Suprema denunciando infracción del artículo 155 del Código Tributario y otros preceptos.

Considerandos clave

La Corte Suprema resuelve que la acción por vulneración de derechos fundamentales del artículo 155 CTrib tiene carácter cautelar y restrictivo, siendo incompatible con otros procedimientos tributarios (art. 123 y ss.). Aunque el reclamante alega fraude por suplantación de identidad con Saving Transfer y vulneración patrimonial, impugnar liquidaciones o giros mediante vulneración de derechos es procedimentalmente inadmisible pues existen plazos y trámites propios para ello (procedimiento general de reclamaciones). Los plazos para reclamar las liquidaciones de agosto 2019 ya habían vencido al presentar el reclamo. No corresponde revivir términos extintos usando la acción de vulneración. El sentenciador incurrió en errónea aplicación del artículo 155 CTrib y conexos (arts. 6.b.5, 123, 124).

Resolutivo

Se acoge recurso de casación en fondo del SII. Se anula sentencia de la Corte de Apelaciones de 20 de julio 2023 que confirmaba acogimiento del reclamo por vulneración de derechos. Se reemplaza por sentencia de la Suprema que rechaza el reclamo, dejando firmes las liquidaciones 956 y 957. Voto en contra del Abogado Integrante Gandulfo.

Texto de la sentencia

Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro.

En estos autos Rol Nº 197.216-2023, se ha tramitado un procedimiento de reclamación por vulneración de derechos fundamentales, en que la abogada Norma Arroyo Saldías, en representación del Servicio de Impuestos Internos, dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de veinte de julio de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

El citado fallo confirmó la sentencia de primer grado, de fecha doce de enero de dos mil veintitrés, pronunciada por el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, por la que se acogió el reclamo deducido en contra de la Resolución Exenta N° 145.011, de fecha 9 de noviembre de 2021, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos y, dejó con efecto las Liquidaciones N°956 y 957, ambas de fecha 8 de agosto de 2019.

Con fecha 23 de octubre de 2023, se dispuso traer los autos en relación.

PRIMERO: Que, el Servicio de Impuestos Internos dedujo recurso casación en el fondo denunciando, en primer término, la infracción al inciso primero, del artículo 155 , del Código Tributario, en relación con los artículos 6 , letra b ) N ° 5 y artículos 123 y 124 , del mismo cuerpo normativo.

Refiere que la primera de las normas citadas establece el carácter cautelar y restringido del procedimiento de reclamación por vulneración de derechos y su incompatibilidad con otros procedimientos tributarios, lo que busca impedir que una misma materia pueda ser objeto, al mismo tiempo de reclamación tributaria y de acción por vulneración de derechos, sosteniendo que para reclamar en contra de liquidaciones o giros de impuestos, existe el procedimiento general de reclamaciones contemplado en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, el que no fue deducido por el reclamante.

Agrega que el propio actor señala en su presentación que la alegación sobre falta de notificación de los actos administrativos emanados por el órgano fiscal no forma parte de la reclamación, por lo que nada impedía que la reclamante hiciere uso en tiempo y forma del procedimiento general de reclamaciones contemplado en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario para impugnar las liquidaciones N° 956 y 957, por lo que, la decisión de dejar sin efecto las mencionadas liquidaciones, mediante el procedimiento de vulneración de derechos, se ha adoptado en abierta contradicción a lo expresamente establecido por el legislador tributario, tanto en inciso primero del artículo 155 del Código Tributario, como en las restante infracciones denunciadas como infringidas, sobre todo teniendo en consideración que su impugnación supone la discusión de normas de fondo, lo que se aleja del carácter cautelar del procedimiento por vulneración de derechos.

Expone que los sentenciadores equivocan su análisis al fundamentar la existencia de una transgresión al derecho garantizado en el artículo 19 N ° 24 , de la Constitución Política de la República con ocasión de la dictación de la Resolución Exenta reclamada al tener no tener por acreditada la existencia de las inversiones cuestionadas al contribuyente, debido a una presunta contradicción en el actuar del Servicio al interponer una querella criminal por delitos tributarios, en contra del representante legal de la sociedad SAVING TRANSFER SERVICIOS FINANCIEROS LTDA.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO TRIBUTARIO\tART. 155 (DEL ART. 1)CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE\tART. 19CODIGO TRIBUTARIO\tART. 123 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 6 (DEL ART. 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 124 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 8 BIS

Descriptores

Acto administrativoNo es la vía idóneaLiquidación de impuestosReclamación de liquidaciones tributariasTribunal Tributario y Aduanero (TTA)Procedimiento general de reclamaciónProcedimiento de vulneración de derechosAcogido recurso de casación en el fondoRevisión de la actuación fiscalizadora (raf)

La misma causa en primera instancia

Acoge

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