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INADMISIBLECorte Suprema · Rol 23081-20183 oct 2018

Develop Negocios Inmobiliarios Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metroplitana

TribunalCorte Suprema
Rol23081-2018
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia3 oct 2018
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoINADMISIBLE Inadmisibles recursos de casación forma y fondo
MinistrosRicardo Abuauad Dagach · Jorge Dahm Oyarzún · Hugo Dolmestch Urra · María Gajardo Harboe · Manuel Valderrama Rebolledo

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema rechaza inadmisibles recursos de casación en forma y fondo interpuestos por contribuyente contra negación de devolución de impuestos 2013, por defectos procedimentales y falta de fundamento en la cuestionamiento probatorio.

Hechos

Develop Negocios Inmobiliarios Limitada reclamó contra resolución del SII que denegó devolución de $26.521.531 por impuestos año 2013. Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero rechazó la reclamación. Corte de Apelaciones de Santiago confirmó dicho rechazo. Contribuyente interpuso recursos de casación en forma y fondo ante Corte Suprema alegando omisión de antecedentes contradictorios y errónea apreciación de prueba contable.

Considerandos clave

En casación forma: el inciso segundo del artículo 768 CPC, aplicable a procesos regidos por leyes especiales, admite la causal de omisión de asunto controvertido, no la omisión de antecedentes de hecho o derecho contradictorios. En casación fondo: el recurrente no cuestiona propiamente la aplicación del derecho sino el alcance probatorio, función privativa de jueces del fondo que ya se agotó. Los tribunales inferiores concluyeron basándose en el análisis de antecedentes que la contribuyente no proporcionó prueba suficiente para desmentir lo expuesto por el SII ni demostró procedencia de la devolución. La sugerencia de lo contrario por el recurrente contraría cuestiones inamovibles del fallo.

Resolutivo

Se declaran inadmisibles los recursos de casación en forma y fondo. Queda firme sentencia de Corte de Apelaciones que confirmó rechazo de reclamación tributaria.

Texto de la sentencia

Santiago, tres de octubre de dos mil dieciocho.

1° Que se ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en lo principal y primer otrosí de fojas 272 respectivamente, por el abogado don Juan Manríquez representación de la contribuyente y reclamante Develop Negocios Inmobiliarios Limitada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo de primera instancia del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que rechazó la reclamación contra la resolución exenta N°315000000450 emitida por el Servicio de Impuestos Internos que no accedió a la devolución de $26.521.531 por conceptos de impuestos del año tributario 2013.

2° Que por el recurso de casación en la forma se invocó la causal del N° 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el N° 4 del artículo 170 del mismo cuerpo legal, alegando la omisión de antecedentes de hecho y derecho, pues los mismos son contradictorios con lo resolutivo de la sentencia.

3° Que dicho arbitrio procesal no será admitido a tramitación, pues el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil admite la causal del numeral quinto del mismo precepto en un proceso regido por leyes especiales sólo cuando se alega la omisión del asunto controvertido, de lo que se sigue que no lo es cuando se denuncia una omisión como la de la especie.

4° Que por el recurso de casación en el fondo se reclaman como infringidas las normas que regulan la apreciación de la prueba, pues los jueces de instancia dejaron de aplicar correctamente el artículo 21 del Código Tributario y desatendieron lo dispuesto en los artículos 17 y 132 incisos 14 y 15 del mismo texto legal, pues su parte probó suficientemente con su contabilidad fidedigna las ganancias y pérdidas que permiten determinar correctamente la devolución de impuestos solicitada y sin embargo, la desestimaron al margen de las reglas legales los sentenciadores.

Sostiene que acompañó elementos íntegros de su contabilidad fidedigna, la que no fue impugnada, desconociendo tal hecho y exigiendo los sentenciadores la entrega de la totalidad de la documentación que acreditaría las respectivas partidas de ganancias y pérdidas.

5°.- Que la sentencia impugnada, confirma íntegramente la de primer grado, la que en lo que interesa al recurso, establece en los motivos pertinentes que la reclamante no rindió prueba idónea para acreditar las partidas que individualiza.

6°.- Que del tenor del libelo que contiene la casación en estudio se constata que el recurrente no cuestiona propiamente la aplicación del derecho atinente a la materia, desde que los fundamentos esenciales del recurso dicen relación con el alcance y sentido que corresponde conferir a la prueba rendida en autos. Sin embargo, tal actividad se agotó con la determinación que a ese respecto hicieron los jueces del fondo, quienes tras analizar los antecedentes y en uso de sus facultades privativas, concluyeron que el contribuyente no proporcionó durante el proceso antecedentes suficientes para desmentir lo expuesto por el Servicio de Impuestos Internos, ni logró demostrar la procedencia de la devolución solicitada Y en la medida que la recurrente sugiere algo distinto de lo asentado por los sentenciadores, contraría cuestiones inamovibles en el fallo que impugna.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 768CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 782CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 170

Descriptores

Manifiesta falta de fundamentoAdmisibilidad del recurso de casación en el fondoServicio de Impuestos Internos (SII)Admisibilidad del recurso de casación en la formaReclamo tributarioOmisión de las consideraciones de hecho y de derecho que sirven de fundamentoTribunal Tributario y Aduanero (TTA)Disconformidad con la valoración de la pruebaCausales del recurso de casación en la formaCausal improcedente en juicio regido por leyes especiales

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