Oportus Mateluna Jose Miguel con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 7674-2014 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 5 may 2014 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | INADMISIBLE Inadmisible casación forma rechazada, casación fon |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Ricardo Peralta Valenzuela |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte Suprema declara inadmisible la casación en forma y rechaza la casación en fondo por falta de fundamento, confirmando la inadmisibilidad del reclamo tributario por impuesto a la herencia.
Hechos
Contribuyente José Miguel Oportus Mateluna dedujo reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero cuestionando la determinación de intereses y reajustes en el Impuesto a la Herencia. El Tribunal Tributario declaró inadmisible el reclamo por considerar que todo el escrito era una solicitud de condonación de intereses, planteada solo en otrosí. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esa sentencia. El contribuyente recurre de casación en forma y fondo ante la Corte Suprema.
Considerandos clave
La Corte rechaza la causal de casación en forma (artículo 768 N° 5 del CPC) por cuanto los sentenciadores sí se pronunciaron sobre el reclamo, aunque fuera declarándolo inadmisible. La argumentación deficiente no constituye el vicio alegado. Respecto a la casación en fondo, por infracción de artículos 53 y 124 del Código Tributario sobre derecho a reclamar intereses imputables al Servicio, la Corte observa que al haberse declarado inadmisible el reclamo en ambas instancias no se establecieron los hechos necesarios para fundar la nulidad, como la fecha de presentación de la solicitud y la imputabilidad de la tardanza al Servicio. Sin estos presupuestos fácticos, las disquisiciones jurídicas del recurrente carecen de sustento.
Resolutivo
Se declara inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechaza el recurso de casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento. Quedan firmes la sentencia de la Corte de Apelaciones y la declaración de inadmisibilidad del reclamo tributario.
Texto de la sentencia
Santiago, cinco de mayo de dos mil catorce.
1° Que a fs. 79, la parte reclamante ha deducido recurso de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el marco de un procedimiento general de reclamación reglado en el T. II, L. III del Código Tributario.
2° Que con el recurso de casación formal se invoca la causal N° 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 170 N° 6 del mismo texto, por cuanto el fallo de segundo grado confirma el del a quo, el que omite pronunciarse sobre el reclamo impetrado, al entender que todo el escrito de reclamo era una solicitud de condonación de intereses y reajustes, lo que sólo se planteó en un otrosí del libelo.
Así planteado, el vicio o defecto en que se funda el recurso no constituye la causal invocada, pues, como admite el impugnante, la sentencia de alzada al confirmar la de primer grado, hizo suyas las razones por ésta esgrimidas para declarar inadmisible el reclamo presentado en lo principal de fs. 1, con lo que los recurridos, al igual que el a quo, se pronuncian sobre el reclamo interpuesto al declarar su inadmisibilidad, sin que la errada o incompleta argumentación de que se habrían valido los sentenciadores para justificar esa decisión, pueda enmendarse con el arbitrio o causal examinada.
3° Que en lo concerniente al recurso de casación en el fondo, se denuncia la infracción de los artículos 53 y 124 del Código Tributario, por cuanto se negó el derecho del contribuyente a reclamar por los intereses y reajustes con que se recarga el impuesto a la herencia adeudado, no obstante que la demora en su giro es imputable al Servicio de Impuestos Internos.
Al respecto, al haberse declarado inadmisible el reclamo del contribuyente, lo cual fue confirmado por los recurridos, en las instancias no se han establecido los hechos que fundan el recurso de nulidad del contribuyente, esto es, que aquél ingresó la solicitud de declaración y pago del Impuesto a la Herencia en el mes de noviembre de 2011, y que la tardanza en su giro es imputable únicamente al Servicio. De esa forma, la ausencia de presupuestos fácticos en que puedan sustentarse las disquisiciones jurídicas del recurrente, obsta que el arbitrio de nulidad sustantiva pueda prosperar.
Y visto además, lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma, y por manifiesta falta de fundamento, se rechaza el recurso de casación en el fondo, impetrados en lo principal y primer otrosí, respectivamente, de fs. 79.
Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Carlos Künsemüller L., Haroldo Brito C., Lamberto Cisternas R. y el abogado integrante Sr. Ricardo Peralta V.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Abarza González y otro con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Punta Arenas
Corte Suprema declara inadmisible la casación en forma y rechaza la casación en el fondo por falta de fundamentos concretos y específicos en los agravios deducidos contra la sentencia confirmatoria de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
Develop Negocios Inmobiliarios Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metroplitana
Corte Suprema rechaza inadmisibles recursos de casación en forma y fondo interpuestos por contribuyente contra negación de devolución de impuestos 2013, por defectos procedimentales y falta de fundamento en la cuestionamiento probatorio.
Administradora de Restaurantes Ky SA con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia de Apelaciones que confirmó liquidaciones del SII por subdeclaración de IVA e Impuesto a la Renta, por falta de fundamento en las alegaciones sobre prueba sin cuestionar normas sustantivas tributarias.
Carrasco Contreras Gabriel con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema declara inadmisibles recursos de casación en forma y fondo interpuestos por contribuyente contra sentencia que confirmó rechazo de reclamo tributario por deficiencias formales.
Inmobiliaria Taboada Hermanos Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional de los Rios
Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia que confirmó rechazo del reclamo tributario por giros suplementarios de sobretasa, por falta de preparación del recurso de forma y por errónea interpretación de la normativa sobre modificación de avalúo.
Constructora y Transportes Nalcahue SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional de los Rios
Rechaza casación en forma y fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia de Apelaciones que confirmó liquidaciones de IVA por facturas falsas, por falta de acreditación de conocimiento de falsedad y defecto procesal en recurso.