Servicio de Impuestos Internos Constribuyente: Armando Cristian Garrido Pincheira
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 2986-2011 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Talca |
| Fecha sentencia | 23 may 2011 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Tercera · Constitucional |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz (redactor) · Héctor Carreño Seaman · Arnaldo Gorziglia Balbi · Mauricio Jacob Chocair · Pedro Pierry Arrau |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema rechaza casación en el fondo por omisión del recurso en denunciar infracciones a normas decisorias que regulan los tributos cuestionados (IVA, Renta Primera Categoría, Global Complementario).
Hechos
Contribuyente Armando Garrido Pincheira reclamó ante el SII por liquidaciones N°s 60 a 72 de agosto 2009 (IVA períodos 2007-2008; Impuesto Renta Primera Categoría años 2006-2008; Global Complementario 2007-2008), originadas en falta de justificación del origen de fondos para inversiones. Tribunal Tributario Aduanero de primer grado rechazó el reclamo. Corte de Apelaciones de Talca confirmó el rechazo. Contribuyente dedujo casación en el fondo ante Corte Suprema.
Considerandos clave
La Corte constata que el recurso de casación denuncia solo infracciones a normas reguladoras de prueba (artículos 1698 CC, 341, 384, 428 CPC, 14 bis y 70 LIR), pero omite denunciar infracciones a normas decisorias de la litis, esto es, aquellas que establecen y regulan los tributos cuestionados (IVA, Renta Primera Categoría, Global Complementario). Esta omisión es fatal para el recurso: aun si la Corte concordara con los errores de derecho alegados en materia probatoria, tendría que declarar que éstos no influyen en lo dispositivo, pues la equivocada aplicación de las normas que autorizan el cobro de los impuestos no fue denunciada como error de derecho, no obstante que el recurrente insistió en que no procedería tal determinación. El recurso adolece de manifiesta falta de fundamento.
Resolutivo
Se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido contra la sentencia de 31 de enero de 2011 de la Corte de Apelaciones de Talca, quedando firme el rechazo del reclamo del contribuyente.
Texto de la sentencia
Santiago, veintitrés de mayo de dos mil once.
Primero: Que en este juicio especial seguido por don Armando Garrido Pincheira ante el Servicio de Impuestos Internos, VII Dirección Regional Maule, el contribuyente recurre de casación en el fondo contra la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Talca que confirmó la de primer grado, la cual rechazó el reclamo interpuesto respecto de las liquidaciones N°s 60 a 72 de 12 de agosto de 2009, por concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondientes a diversos períodos tributarios de los años 2007 y 2008; Impuesto a la Renta de Primera Categoría en los años tributarios 2006, 2007 y 2008;
e Impuesto Global Complementario en los años tributarios 2007 y 2008. Las referidas liquidaciones resultan de la falta de justificación del origen de los fondos con los cuales el reclamante efectuó diversas inversiones.
Segundo: Que en el recurso se denuncia únicamente la infracción a normas que se estiman reguladoras de la prueba, específicamente los artículos 1698 del Código Civil, 341 , 384 reglas segunda y tercera y 428 del Código de Procedimiento Civil, 14 bis y 70 de la Ley de Impuesto a la Renta.
Tercero: Que de la síntesis del escrito en referencia aparece que el recurso no se extiende a eventuales infracciones de ley relativas a normas decisorias de la litis, esto es, a las que establecen y regulan los tributos cuestionados, en la especie, las de los impuestos al valor agregado, renta de primera categoría y global complementario.
Cuarto: Que la referida omisión del recurso impide que éste pueda prosperar. En efecto, aun en el evento que esta Corte concordara en el sentido de haberse producido los errores de derecho que se denuncian, tendría que declarar que éstos no influyen en lo dispositivo de la sentencia, desde que la equivocada aplicación de las normas que autorizan el cobro de los impuestos antes indicados no ha sido denunciada como constitutiva de error de derecho, no obstante que en sus planteamientos se ha insistido en que no procedería la determinación y cobro de los impuestos antes mencionados.
En estas condiciones, el recurso de casación en el fondo interpuesto adolece de manifiesta falta de fundamento.
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en lo principal de fojas 253 contra la sentencia de treinta y uno de enero de dos mil once, escrita a fojas 248.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Asesoria el Boldal SPA con Servicio de Impuestos Internos VIII
La Corte Suprema rechaza la casación presentada por Asesorías El Boldal SpA porque los vicios procesales denunciados no inciden en el resultado del fallo que confirmó las liquidaciones tributarias por falta de acreditación de origen de fondos.
Pinochet Hiriart Marco Antonio con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema declara inadmisible casación de fondo interpuesta por contribuyente, pues cuestiona valoración de prueba sobre origen de fondos en aplicación del artículo 70 de la Ley de Renta, materia que agota su control en sentencia de fondo.
Suc Pinochet Ugarte Augusto con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema declara inadmisible la casación de fondo porque el recurrente cuestiona la valoración de prueba (materia de los jueces de fondo) y no la aplicación del derecho tributario, lo que impide que el recurso prospere.
Li con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Sur *
Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo deducida contra sentencia que revocó acogimiento de reclamación por vulneración de derechos fundamentales, confirmando liquidación tributaria por falta de justificación de inversiones.
Paola Andrea Olavarria Ahumada con Servicio de Impuestos Internos.
La Corte Suprema rechaza la casación del Fisco por no haber denunciado infracción a normas reguladoras de la prueba; las conclusiones fácticas sobre el origen de fondos del cónyuge quedan firmes, confirmando la anulación de las liquidaciones tributarias.
Vidal Lira Alicia con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación de contribuyente que cuestionaba la valoración de prueba sobre origen de fondos invertidos en 2008. La Corte confirma que los sentenciadores cumplieron sana crítica y no incurrieron en errores sustanciales de derecho.